Trámites para darse de alta como kiosquero

Mi esposo y yo estamos pensando en coger un kiosco por traspaso por jubilación del propietario. Mi esposo sería el titular ya que está parado y yo de momento estoy trabajando (aunque mi empresa ha presentado un concurso de acreedores y con el tiempo estaré llevando con él el kiosco) La idea es que mi esposo trabaje las mañanas en el kiosco y yo unas horas por las tardes. Además de darse de alta como autónomo en la Seg. Social ¿me tendría que dar de alta a mi también? Como sería ¿como empleada por unas horas al día o al ser familiar no se puede? En cuanto a Hacienda, ¿cual sería el régimen, el de módulos? Es un kiosco no de local dentro de un edificio, sino un puesto en una plaza. Además de la Seg. Social y Hacienda ¿donde más habría que hacer papeles? ¿Quién sabe decirme cuanto sumarían estos gastos al mes: seg.social, hacienda y si hay alguna mas? Me gustaría saber si se pueden ingresar al mes por el kiosco unos 1500 euros/mes libres de impuestos entre los dos para poder comer 4 que somos en casa y poder pagar la hipoteca.

Creada el
  • Hola
    Creo que te tendrás que dar de alta como autónoma colaboradora, ahora se bonifica al 50%, mira este artículo recientemente publicado: http://bit.ly/yFPKaa

    Respecto a Hacienda creo que sí, que si el kiosco funciona, lo mejor es en módulos. Preguntadle al que os traspasa cómo tributa y cuánto y mira este artículo sobre módulos: http://bit.ly/jSSLND

    Y este sobre traspasos para ver cómo negociar: http://bit.ly/HSYnY1

    El que os traspasa es el que mejor os puede informar de los ingresos e impuestos. En Seguridad Social la cuota es 254, en tu caso la mitad.
    Si modernizáis el kiosco con nuevos productos y está en buen sitio creo que se puede llegar a ese dinero aunque abriendo muchas horas.
    Saludos

    Respondido el

  • Mi idea es seguir yo trabajando (aunque no sé si cobrando) en la empresa donde llevo 18 años y que ha presentado concurso de acreedores, porque así intentando aguantar, tendría derecho a una pequeña indemnización del FOGASA cuando cerrase la empresa, y la idea es que mi esposo trabaje por las mañanas y yo por las tardes unas horas, para que él puede descansar un poco y luego los fines de semana turnarnos, ya que mi horario es de 7 a 15 h. de lunes a viernes y por las tardes podría estar unas horas en el kiosco. ¿Tendría que darme de alta como autónoma colaboradora ya que seguiría cotizando en régimen general por cuenta ajena 8 horas en la empresa donde estoy ahora? Gracias por tus respuestas.

    Respondido el

  • Sí, estarías en una situación de pluriactividad perfectamente legal (mira https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/seguridad-social/pluriactividad-autonomos/).

    Lo que creo que no debes es exponerte a trabajar sin estar dada de alta en el Kiosco ya que en caso de inspección de trabajo podrías tener problemas. Y para hacerlo legalmente debes darte de alta, autónoma colaboradora con la nueva bonificación del 50% me parece una opción bastante razonable.

    Un cordial saludo.

    Respondido el

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