ESTIMACON DIRECTA SIMPLIFICADA (RENDIMIENTO NETO)
El rendimiento neto lo tengo que calcular TRIMESTRALMENTE, para poder confeccionar el mod 130), supongamos que ya he calculo para el año 2012, la amortizacion de un un bien de inversion y me sale 200 €, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE;
cada vez que calcule el RENDIMIENTO NETO, tengo que restarle a los ingreos de cada trimestre simpre 200 €, de la amortizacion del bien.) ME REFIERO A ESTO:
1º trimestre:
ingresos-gastos-200€ amortizacion= Rendimeinto Neto del 1º Trimestre. y asi sucesivamente con el resto de trimestres.
UN SALUDO U MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA COLABORACION
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http://www.ingenierosnavales.com/GUIA%20LABORAL%20Y%20FISCAL/pdf/capitulo2_apdo3.pdf
Aquí tienes la explicación correctamente la diferencia entre estimación directa normal y simplificada esta en el porcentaje de deducción que tu tendrás que ajustarte a las tablas fiscales mientras que la estimación directa pueden acogerse a libertad de amortización
El ordenador es inmovilizado si o si
Tu duda viene de esos elementos con un periodo de duración inferior a un año que pudiendo englobarse como inmovilizado se van a incluir como gastos.
Lo que debes es incluir en libro de bienes de inversión ese ordenador y aplicarle el porcentaje correspondiente
En el enlcae lo tienes con ejemplosRespondido el 18 de octubre de 2012
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Vamos a ver si no te liamos más. Si tú tienes una amortización anual de 200 €, cada trimestre te podras deducir como gasto la cuarta parte, es decir, 50 €.
Como el 130 es acumulativo, el 1T podrás deducirte 50, el 2T 100, el 3T 150 y en el último 200 €.
Espero haberte ayudado un poquito.
Un abrazo.
www.abellanasesores.comRespondido el 18 de octubre de 2012
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MUCHASS GRACIAS POR TU ACLARACION
HABER SI YO INTERPLETO BIEN LO DE QUE EL MOD-130 ES ACUMULATIVO,
CON EL MISMO EJEMPLO DE QUE UN BIEN DE INVERSION LA AMORTIZACION ANUAL ES DE 200 €,
TE REFIERES QUE AL CALCULAR EL RENDIMIENTO NETO YO PUEDO METER COMO GASTO DE AMORTIACION POR EJEMPLO:
1º TRIMESTRE MOD-130 (150 € AMORTIZACION)
4º TRIMESTRE MOD-130 (50 € AMORTIZACION)
ES DECIR QUE LA SUMA AL FINAL DE LOS CUATRO TRIMESTRES (MOD-130) COMO MAXIMO SALGA LOS 200 €, DEDUCIDOS DE LOS INGRESOS EN CONCEPTO DE AMORTIZACION?
UN SALUDO Y MUCHAS GRACIAS POR TU COLABORACIONRespondido el 19 de octubre de 2012
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Buenas, es muy sencillo, el pago fraccionado del IRPF (modelo 130) se va calculando así:
1T = Ingresos - Gastos desde el 01-01 al 31-03
2T = Ingresos - Gastos desde el 01-01 a 30-06
3T = Ingresos - Gastos desde el 01-01 al 30-09
4T = Ingresos - Gastos desde el 01-01 al 31-12.
Por lo tanto, y en lo referente sólo a la amortización, podrás deducir en cada trimestre:
1T = 50 €
2T = 100 €
3T = 150 €
4T = 200 €
Un abrazo.
www.abellanasesores.comRespondido el 19 de octubre de 2012
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MUCHISIMAS GRACIAS POR HABER DEDICADO UN TIEMPO,A SOLUCIONAR MIS PREGUNTAS.
UN MILLON DE GRACIAS. UN SALUDO.Respondido el 20 de octubre de 2012
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Hola! Yo tengo una pregunta adicional a este hilo, también sobre el método de estimación directa simplificada.
Imaginen que adquirí un bien amortizable en el mes de Noviembre, perteneciente grupo al que se le aplica un 26% de coeficiente máximo anual y quiero aplicar ese coeficiente del 26% anual. En la declaración del Modelo 130 del 4T, ¿debo contabilizar el 26% completo de ese bien, o sólo la cuarta parte de ese 26%, que se correspondería con un trimestre? Dicho de otra forma, ¿el coeficiente de amortización anual que elijas (26% en este caso) debe de completarse cuando el bien cumple un año o al final del ejercicio?
Lo mismo me ocurre con bienes comprados por ejemplo en el 2T, yo he ido declarado en cada trimestre la cuarta parte del coeficiente anual aplicado (el 26% por ejemplo), y ahora en la declaración del 4T, si sólo declaro la cuarta parte, no completaría totalmente ese porcentaje (26%) .
Espero haberme explicado con claridad. Cualquier duda sobre mi pregunta es bienvenida.
Muchas gracias por adelantado.
PabloRespondido el 20 de enero de 2014
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Hola! Yo tengo una pregunta adicional a este hilo, también sobre el método de estimación directa simplificada.
Imaginen que adquirí un bien amortizable en el mes de Noviembre, perteneciente grupo al que se le aplica un 26% de coeficiente máximo anual y quiero aplicar ese coeficiente del 26% anual. En la declaración del Modelo 130 del 4T, ¿debo contabilizar el 26% completo de ese bien, o sólo la cuarta parte de ese 26%, que se correspondería con un trimestre? Dicho de otra forma, ¿el coeficiente de amortización anual que elijas (26% en este caso) debe de completarse cuando el bien cumple un año o al final del ejercicio?
Lo mismo me ocurre con bienes comprados por ejemplo en el 2T, yo he ido declarado en cada trimestre la cuarta parte del coeficiente anual aplicado (el 26% por ejemplo), y ahora en la declaración del 4T, si sólo declaro la cuarta parte, no completaría totalmente ese porcentaje (26%) .
Espero haberme explicado con claridad. Cualquier duda sobre mi pregunta es bienvenida.
Muchas gracias por adelantado.
PabloRespondido el 20 de enero de 2014
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