Derecho a cobrar el paro.

hola,
necesito ayuda pues en el inem nadie tiene las cosas claras...
yo pedi una excedencia de un año que comenzo el 15 de junio, ahora voy a comenzar a trabajaren otra empresa por un mes..con lo que a mediados de diciembre terminara mi contrato.A partir de este momento:
1)tengo derecho al paro??
2)si es asi..puedo capitalizar el pago para montar mi empresa?
3)incluiran el tiempo que he trabajado en la empresa en la que todavia estoy de excedencia??
gracias!!!

Creada el
  • Hola Susana
    Entiendo que la duda viene sobre todo por la excedencia y la generación del derecho a cobrar el desempleo, sin duda es una situación peculiar y me temo que ahí poco más puedo decirte porque no soy experto y si ni siquiera en el INEM se aclaran.
    Yo creo que deberías pedir una Fe de Vida Laboral a la S.Social para ver en qué situación figuras "oficialmente" y si dice algo que se pueda relacionar con la excedencia. pero entiendo que en el momento en que la empresa que te va a contratar te de tu finiquito podrías cobrar paro si la excedencia no figura en los datos de la S.Social y el INEM.
    Es posible que no te lo den porque imagínate que la gente se pidiera excedencias para irse a cobrar el paro. Y un mes contratado después para cobrar el paro es fácil conseguirlo en plan fraudulento. Así que si vas con la verdad de la excedencia es muy posible que lo miren raro.
    Siento no poderte ayudar más
    Un cordial saludo

    Respondido el

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