BIENES DE INVERSION AMORTIZABLES

Hola a todos, estoy preparando el modelo 130 de pago fraccionado IRPF. He empezado mi actividad como autónomos el pasado trimestre. Para empezar el negocio hice una pequeña inversión: mobiliario, reforma de local, reforma eléctrica, cierre, etc. Tengo una serie de gastos y no sé cual se puede considerar gasto y cuál bien de inversión. ¿Hay algún mínimo de dinero en el bien para que se considera bien de inversión para poderlo amortizar? Entiendo que son bienes necesarios para la actividad y no serían gastos.
Otra cuestión: ¿Dónde tengo que poner los bienes de inversión y las amortizaciones? ¿en el libro de bienes de inversión o también hay que poner algo en el libro de gastos?

Por ultimo: en la cantidad a amortizar, ¿tengoque incluir el iva soportado, teniendo en cuenta que estoy en recargo de equivalencia y no hago declaración de IVA?

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