IRPF Y RECARGO DE EQUIVALENCIA
Buenas tardes,me he dado de alta como autonoma el 11 de dicembre de 2012 yhe abierto un comercio de ropa infantil.Estoy en regimen especial de recargo de equivalencia y quisiera saber que modelos debo de presentar en Recargo de equivalencia y para IRPF y si éstos tienen un modelo de resumen anual.
No todas las facturas que me emiten tiene recargo de equivalencia SOLO las facturas de la ropa es donde me practican dicho recargo,¿que hago con el IVA de las restantes facturas?,como por ejemnplo,luz,telefono,etc
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Hola Isabel
Como contamos en nuestro artículo sobre recargo de equivalencia (https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/fiscalidad/recargo-de-equivalencia/), al estar en recargo de equivalencia no tienes que presentar declaraciones de IVA.
Como inconveniente, el IVA soportado, incluido el recargo de equivalencia, no se puede deducir ni recuperar, por lo que se considera un mayor coste de adquisición de la mercancía o producto a vender.
En cuanto al IRPF, tendrás que presentar el modelo 130 si estás en estimación directa o el modelo 131 si estás en módulos y luego la declaración de la renta (modelo D-100), que es el resumen anual a presentar en mayo-junio (ver: https://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/fiscalidad/declaracion-renta-autonomos/).
Por cierto, vamos a eliminar el comentario de anampro, ya le hemos avisado que no puede publicar publicidad así en este foro.
Un cordial saludoRespondido el 29 de enero de 2013
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Muchísimas gracias por tu respuesta,la verdad que me has solucionado todas las dudas.
En cuanto a anampro me parece estupendo,ya que no se dedica a responder ls dudas sino a ganar clientes.
Un saludo.Respondido el 29 de enero de 2013
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