Comunidad de Bienes

Trabajo en una empresa que presta servicios sanitarios para otras. Me interesa, al margen de mi trabajo por cuenta ajena en las oficnas, hacer un servicio en una de las empresas clientes que tenemos como autonomo para no pasarme de las horas anuales. Planteado a la empresa me dice que es imposible pues no puedo percibir salarios de ellos por dos vias, cuenta ajena y autonomo. Se me ocurre hacerlo a traves de una Comunidad de Bienes, es decir podria formar una comunidad de bienes con un compañero, que fuera la que facturara a mi empresa por los servicios que nosotros, como comuneros trabajadores dados de alta en RETA, realizaramos?? Si es asi esa CB facturaria los servicios con su CIF, y nosotros como comuneros recibiriamos uestro sueldo de esta......Algo que no cuadre o estemos equivocadso??
Gracias anticipadas.

Creada el
  • Por mi experiencia, lo que te dice la empresa es incierto, es decir, se puede cobrar por ambos conceptos. El único problema es que en la nómina tendrían que retenerte al menos el 21% que es el tipo de retención de profesionales. Que se lo pregunten a su asesoría laboral.

    Respondido el

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