derechos pagados al colegio

Los derechos pagados al colegio por unas gestiones que realiza cómo se facturan al cliente? Están sometidos a retención???

Creada el
  • Hola,

    Si le vas a cobrar "tal cual lo que te cobran", lo puedes facturar como suplido de tu factura. Es decir, haces la factura normal y luego al total (despues de retenciones e IVA), le sumas lo que el colegio te ha cobrado por cuenta del cliente. Cuando le des tu factura al cliente le tienes que dar tambien el recibo original de tasas colegiales porque es un gasto fiscalmente deducible para tu cliente no para ti. Es la gestión del Libro de Suplidos que tienen que llevar los profesionales.

    Si el coste de esas tasas forma parte del precio de venta de tu minuta, entonces como profesional le tendrás que aplicar retención.

    Un saludo,
    www.gestionycontrol.es

    Respondido el

  • 1
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