Dudas Modelo 123
Somos una SCP, con una socia trabajadora y otra capitalista, a la hora de presentar los impuestos, la socia trabajadora ha de presentar el mod. 130, y la socia capitalista, si hay beneficios el mod. 123.
El primer trimestre al salir benecifios se presento el 123, y el 130, pero me han comentado que si este trimestre no hay beneficios sale negativo,se presenta el 130, pero el mod. 123, no lo ha de presentar, pero que se tiene que dar de baja y cuando haya beneficios se ha de volver a dar de alta, sino hacienda le sale como no presentado y lo pueden reclamar ¿Que es correcto? Que se tiene que hacer. Gracias
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En el modelo 123 declaras el importe a ingresar en caso de que como consecuencia de un reparto de dividendos u otra operación análoga en la que el perceptor percibe rendimientos del capital mobiliario tu los tengas que ingresar
En este articulo te puedes infromar de mas
http://fiscalmadrid.com/retenciones
y si necesitas un asesor fiscal [email protected]Respondido el 1 de julio de 2013
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