Adquisición de mobiliario para trabajar e IRPF
Me gustaría saber si podría desgravarme en el IRPF anual las facturas de muebles como estanterías y mesas para amueblar el espacio donde trabajaría a la hora de desarrollar mi actividad profesional, que está dentro de un epígrafe por estimación directa simplificada.
También si el IVA recibido de estas facturas sería para descontar en las declaraciones trimestrales.
Un saludo!
-
Si estas trabajando en un local determinado y lo tienes declarado como tal y compras muebles como estanterias y demas son inmovilizados materiales y por lo tanto te los podras deducir con la correspondiente amortizacion
Si necesitas un asesor fiscal en Madrid
[email protected]
fiscalmadrid.comRespondido el 12 de septiembre de 2013
-
Gracias Candas, entonces entiendo que te lo puedes deducir, pero siempre y cuando este mobiliario sea para el lugar donde trabajas y que a la vez tengas como domicilio fiscal ¿no?
Respondido el 12 de septiembre de 2013
-
asi es podras deducirte todos aquellos gastos necesarios para la actividad foro.fiscalmadrid.com
Respondido el 13 de septiembre de 2013
-
Si lo que compras es necesario para tu actividad y es inmovilizado, como dice el compañero, si lo puedes deducir con la amortización que corresponda. Es evidente que mesas, estanterías etc...son para un despacho que tendrás que haber afectado a dicha actividad.
Si necesitas asesoramiento sin compromiso solicita información a www.gesbel.es, actualmente con muy buenas ofertas para emprendedores y autónomos.
Elena Alvarez
[email protected]Respondido el 13 de septiembre de 2013
- 1