Autonomo Fotógrafo gastos deducibles

Soy fotógrafa autonoma autonoma , la compra de camaras no son deduclibles pero si amortizables como se hace? los objetivos, filtros etc son deducibles?

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  • Todos los gastoa relacionados con la actividad seran dedicibles solo que algunos.como la camara si supera los 600 euros deberan activarse como bien de inversion si necesitas ayuda [email protected]

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  • Hay bienes que por su duración no van a ser deducibles en un único período y su coste se deducirá durante toda su vida útil: los bienes del inmovilizado. La vida útil es el tiempo estimado en el que ese bien tendrá utilidad para el empresario o profesional. El Ministerio de Hacienda aprobó unas tablas de amortización tanto para empresarios en estimación directa normal y sociedades, como para empresarios en estimación directa simplificada y estimación objetiva (módulos).

    En tu caso (fotógrafa autónoma) tributarás por estimación directa simplificada, así que la amortización de la cámara, así como de los objetivos, filtros, etc. se realizará como "Útiles y herramientas" (amortización máxima del 30% y período máximo de 8 años). Podrás imputarte el coste de la máquina fotográfica anualmente con un porcentaje fijo a elegir desde un mínimo del 12,5% del coste anual a un máximo del 30% del coste anual.

    Si el valor del bien fuese inferior a 601,01 euros, puede amortizarse totalmente en un período impositivo, siempre que la totalidad del activo acogido a este criterio no supere los 12.020,24 euros.

    Para elegir el criterio de amortización más eficiente, debes ver al final del año cuáles son los beneficios que tienes, y los que esperas tener en el futuro, y en función de eso, aumentar o retrasar la imputación de gastos mediante un porcentaje de amortización mayor o menor, o imputarla toda a un ejercicio.

    José Antonio Bravo
    http://www.negotians.net

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