MODELO 130

Buenas tardes,

Me surgen algunas dudas respecto a la cumplimentación del Modelo 130.

1. ¿Se tienen en cuenta en la declaración del trimestre los importes correspondientes a facturas emitidas en ese trimestre pero que aún no me han pagado?

Por otro lado, en las instrucciones de cumplimentación, se indica:
“(…), las personas físicas que desarrollen actividades profesionales no están obligadas a presentar declaración de pago fraccionado ni a efectuar ingreso alguno por este concepto en relación con las mismas si, en el año natural inmediato anterior, al menos el 70 por 100 de los ingresos procedentes de dichas actividades hubieran sido objeto de retención o ingreso a cuenta. En el supuesto de inicio de la actividad, se tendrá en cuenta a estos efectos el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o de ingreso a cuenta durante el período trimestral a que se refiere el pago fraccionado”.

Al respecto, me surgen algunas dudas:
2. En caso de NO estar obligada a presentar el modelo 130 porque en el año inmediato anterior al menos el 70% de los ingresos han sido objeto de retención e ingreso a cuenta, ¿en qué momento se declaran los ingresos que no han soportado retención (hasta un máximo de un 30% del total de ingresos)? ¿Se incluyen en la declaración anual de la renta?

3. Para valorar si estoy o no obligada a presentar el modelo, se toman como referencia los datos del año inmediato anterior. Si iniciara mi actividad profesional antes de que termine el año 2013, en este último trimestre del año, ¿es sólo este período el que debo contemplar para determinar si debo presentar el modelo a lo largo del año 2014 con independencia de los datos que maneje el año próximo?

4. De acuerdo al texto: “En el supuesto de inicio de la actividad, se tendrá en cuenta a estos efectos el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o de ingreso a cuenta durante el período trimestral a que se refiere el pago fraccionado”, si iniciara mi actividad en el primer trimestre del año 2014, entiendo que determinaré si estoy obligada o no a presentar el modelo analizando los datos referidos a ese trimestre. Pero para el resto de trimestres, ¿tomo como referencia si estuve o no obligada a presentar el modelo en el primer trimestre o debo analizar los datos de cada trimestre por separado y determinarlo por cada trimestre de forma independiente?

Gracias por adelantado.

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