TRADE o profesional autónomo

Hola a tod@s,

Acabo de cerrar el trato de mi primer empleo. Intenté negociar un contrato indefinido, pero la empresa es "start-up" y no tienen presupuesto suficiente para mi seguridad social. Por lo que he visto en esta web, tengo dos opciones dada mi situación. La primera es ser profesional autónomo, ya que estoy colegiado en el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicaciones; la segunda es TRADE, que entiendo que ofrece algo así como "paro", bajas, un contrato firmado... (vamos, que se parece bastante a un contrato indefinido).

Seguramente estoy bastante perdido, por eso os pido consejo.

Muchas gracias de antemano y un saludo!

Miguel

Creada el
  • Buenas tardes Miguel:
    En realidad estar en Trade no se parece en absoluto a un contrato indefinido porque para estar en Trade tienes que estar dado de alta en autonomos y por ello, excepto si cotizas expresamente para ello, no tienes derecho a paro. Ademas el requisito principal es que lo que te pague la empresa tiene que suponer, al menos, el 75% de tus ingresos, sino ya no estarías en Trade. En cuanto a las bajas tambien dependera de tu cotizacion a autonomos, por contigencias comunes ya lo tienes, pero para accidentes de trabajo tambien tendrías que hacer una cotizacion adicional, exigible si quieres cotizar para el paro. En cuanto a el contrato no es un contrato laboral sino que sería un contrato mercantil y un requisito para que la empresa te lo haga es que justifiques tu total dependencia economica de ellos. Si haces un contrato, siempre por escrito.
    Espero que esto te sirva para algo
    Un saludo
    EVA

    Respondido el

  • Hola Eva,

    Muchas gracias por tu respuesta. Sólo dos preguntas más (por total ignorancia).

    ¿Puedo acogerme a la "tarifa plana de 50€" y ser Trade? Tengo 26 años.

    ¿Trade es la mejor opción en mi caso? Estoy colegiado y veo que la mayoría de los colegiados son profesionales autónomos, aunque no sé distinguir bien las diferencias.

    Gracias de nuevo.

    Un saludo,

    Miguel

    Respondido el

  • Miguel, puedes ser TRADE siempre y cuando la empresa este de acuerdo con los requisitos que conlleva, entre otras, el pacto de indemnizaciones, duración del contrato, registrar el contrato en la oficina de empleo, los 18 días de descanso....

    La cuota de autónomo si puede ser la de 50€.

    Saludos

    Respondido el

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