IMPUESTOS Y AMORTIZACIÓN

Hola,
Me parece muy interesante vuestro portal.

Primero Introduzco el tema y luego hago la pregunta. Se trata de que tengo una Agencia de Viajes y estoy en el régimen especial de agencias de viajes, porque yo creo los programas de viajes para mis clientes. Es decir, no los compro a ningún mayorista.
Voy a realizar una inversión grande en un programa informático, pongamos 10.000€ por decir algo redondo. Como estoy en el régimen especial de agencias de viajes no hago declaración de IVA, es decir, los expedientes de cada cliente me dan unos gastos y unos ingresos, de su resta obtengo un beneficio bruto. De este beneficio bruto quito los gastos generales y me quedaría el beneficio antes de amortización. Ahora debería restar la cantidad resultante de aplicar el porcentaje de amortización de la inversión (por los meses que sean si realizo un resumen trimestral o si es el resumen anual); y de ahí saldría el beneficio antes de impuestos.

En el régimen de agencias se aplica directamente el 41% (al ser autónomo), sobre este beneficio, para tener el beneficio neto.

Mi pregunta es ¿Qué coeficiente mínimo y máximo debo aplicar y qué número de años tengo para amortizar este programa?, ¿Puedo cambiar el porcentaje durante los años para amortizar en menos tiempo? Y por otro lado, Si yo tengo esa inversión digamos, en el año 1 del negocio, ¿puedo comenzar a amortizar esa inversión con el porcentaje máximo en el año 3?

Gracias.

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