Que se puede desgravar

Hola, soy autónomo y me gustaría comprarme una tablet ya que la necesito para mi trabajo. Me gustaría saber si se puede desgravar, ya que mi gestor me dice que no.

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  • A ver basándose en el articulo 22 de la ley del irpf tu asesor tiene razon pues no se trata de un bien que vayas a utilizar en dias y horas inhabiles para tus fines personales y no de tu actividad, ahora bien a efectos de iva yo la veo deducible pues al menos existe una afectación parcial .

    Que por otra parte hacienda viendo como esta el tema se esta metiendo hasta con las facturas de los móviles también es verdad.

    Si no tienes mas ordenadores o elementos similares y demás dicho elemento seria defendible ya que por lo menos parcialmente entiendo que esta afecto y de acuerdo a la normativa europea se podria deducir al 100%

    Si necesitas un asesor fiscal [email protected]

    Respondido el

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