¿Obligación de Presentar el Modelo 111 y 190?
Hola,
Soy Empresario Individual dado de alta en el epígrafe 751 (Profesionales de la Publicidad, Relaciones Públicas y Similares). Hasta el momento sólo he tenido que presentar el modelo 303.
¿Tengo la obligación de Presentar el modelo 111 y 190?
Tengo entendido que NO. Estoy dado de alta desde hace 6 meses (sólo he ejercido 2 Trimestres) y siempre he incluido la retención del IRPF en las facturas que le he enviado a los clientes. Yo no he tenido ningún trabajador ni ninguna empresa/autónomo que me hayan pasado facturado servicios con IRPF. Por lo tanto, no estoy obligado. ¿correcto?
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Buenos días,
yo estoy a vueltas con una consulta similar.
Tal como tengo entendido y he sido informado, al darte de alta como autónomo has de indicar si vas a estar obligado a retener o no. Si al darte de alta no indicaste el alta en dicha obligación, no has de presentar ninguno de los modelos.
Para asegurarte deberías consultar tu declaración censal (mod.036 si no recuerdo mal) y verificar tu estado en la obligación.
Un saludo,
Jose C.Respondido el 13 de enero de 2014
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Ok Jose!
Muchas Gracias por el feedback. Lo tendré en cuenta.Respondido el 15 de enero de 2014
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Buenos días,
efectivamente no estás obligado, pero tendrías que repasar el modelo que presentaste a hacienda (036 o 037) para ver si pusiste la cruz o no. De todas formas si necesitas ayuda (puntual o no) te dejo mi mail: [email protected].
Saludos,
AnnaRespondido el 13 de enero de 2014
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