certificado digital

Me comentan en la seguridad social que para hacer la gestión de asignación a mi usuario red de un nuevo cliente, éste debe tener un certificado digital para aceptar la asignación. Ya no vale el antiguo modelito firmado por ambas partes que se llevaba a la seg. social. Me podéis corroborar de que esto es así, porque no acabo de asimilar que un empresario forzosamente tenga que tener un certificado digital para estos casos, no lo entiendo, habiendo personas que todavía no tienen acceso a internet o no pueden costearlo. Muchas gracias.

Creada el
  • Buenos días,

    es así, sólo en contadas ocasiones te lo permiten presentar en papel (cuando haces el alta simultámeamente, por ejemplo). En la sede electrónica está la opción de asignación. También hay que tener en cuenta que este empresario deberá de presentar la mayoría de papeles de hacienda también por vía telemática, así que tener un certificado nunca va mal. También funciona con el DNIe. Yo ya los hago todos así (con uno u otro certificado).


    Saludos,

    Anna
    [email protected]

    Respondido el

  • Muchas gracias por su respuesta Anna.
    Entiendo esta nueva situación pero no la comparto, ya que existen muchas personas mayores, empresarios, con algún pequeño ingreso como el de un local que tiene alquilado y ahora le piden que se manden online las cartas de pago, etc... creo que esto facilite los trámites para la administración y reconozco que también a las asesorías pero para algunas personas esto es un grave problema.
    Un saludo.

    Respondido el

  • Opinamos como rafael, a a las asesorias no les ayuda tampoco, ya que si el cliente no tiene el certificado no puede asignarle de otra forma.
    Aun asi a nosotros no nos ha pasado aun y la semana pasada si nos han cogido el famoso papelito que será el FR10.

    www.gesbel.es

    Respondido el

  • 1
Volver