compras intercomunitarias

Hola. Soy autónomo en Estimación Directa Simplificada y con el iva en recargo de equivalencia.
Tengo que realizar una compra intercomunitaria l cual me vendrá sin iva y yo tendré que realizar el 309 para abonar este iva con el recargo de equivalencia.
Mi pregunta es como debo contabilizar este pago en el Libro de gastos ya que al estar en recargo de equivalencia las facturas de compras y servicios las declaro con iva incluido como gasto.

Creada el
  • Dado que la ley dice esto:

    Libro registro de compras y gastos, en el que se consignarán los producidos en el ejercicio de su actividad, reflejando al menos los siguientes datos:
    - El número de la anotación.
    - La fecha en que cada una de las compras o gastos se hubieran producido, con arreglo al criterio de imputación temporal que se adopte.
    - Nombre y apellidos o razón social del expedidor.
    - El concepto debidamente detallado que produce el gasto.
    - El importe de los mismos, con separación del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado.

    Lo que yo haria y seria admisible seria contabilizar la base como gasto y el recargo de equivaqlencia como gasto y en el libro de compras y gastos dejar el campo de IVA vacio y tener un segundo campo que pusiese recargo de equivalencia en el que indicaría la cantidad pagada en concepto de recargo de equivalencia

    Respondido el

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