RETA
cuando inscribirse en el RETA
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Buenos días,
La legislación de la Seguridad Social establece que estas obligado a darte de alta en autónomos si realizas de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo.
Aún así, la jurisprudencia establece el limite de ingresos del Salario Mínimo Interprofesional.
Para más información póngase en contacto con nosotros en [email protected].
Gestionamos su empresa por usted desde 36,40 euros al mes ( fiscal-contable, impuestos incluidos) Cuota Low Cost desde 20 euros al mes ( impuestos incluidos).
Saludos,Respondido el 28 de febrero de 2014
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Buenos días,
El alta en RETA va anexada a la actividad
siempre q se tenga actividad deberá darse de alta en RETA,a no ser que se justifique mediante escrito que el titular del establecimiento no ejerce la actividad, sino que lo hace un trabajador por cuenta ajena.
Hay 30 días de plazo desde el inicio de la actividad para darse de alta
SaludosRespondido el 28 de febrero de 2014
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Hola,
Tal y te comentan hay 30 días desde que presentas la declaración censal de alta.
Somos Asesoría Online, además de Punto de Apoyo al Emprendedor (PAE), podemos realizar todos los trámites de Asesoramiento, ALTA y puesta en funcionamiento, completamente gratis.
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Saludos!Respondido el 28 de febrero de 2014
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