Primer alta en IAE y Certificado de Contratistas
Buenas tardes,
Acabo de darme de alta en el IAE para realizar una actividad económica de carácter puntual. No soy autónomo. El cliente me ha solicitado una serie de documentación en caso de ser autónomo (que no lo soy), o en caso de ser empresa. Entiendo que la documentación que debería remitirles debería ser la que correspondería a una "empresa". De todo lo que me solicitan, me surge la duda cuando me piden un certificado conforme estoy al corriente de mis obligaciones tributarias, y especifican: "Certificado de Contratistas y Subcontratistas". Considerando que es mi primer trabajo, y que acabo de darme de alta en el IAE, y que no he declarado ningún ingreso (aunque trabajo también por cuenta ajena), ¿puedo solicitar igualmente dicho certificado? y de ser así, ¿debo tenerlo en cuenta de cara a las declaraciones trimetrales de IVA/IRPF y RENTA?
Muchas gracias por vuestra ayuda
Muchas gracias
-
Buenas tardes,
El certificado de contratistas y subcontratistas lo piden la empresa contratista por el tema de la responsabilidad subsidiaria por las deudas que pudieras contraer. Si acabas de iniciar la actividad, te saldrá que no tienes ninguna deuda pendiente con la Agencia Tributaria.
Este certificado no tiene nada que ver con las declaraciones trimestrales de IVA /IRPF y Renta. Es una mera información para el contratista.
Si lo desea, le podemos solicitar el certificado por ústed por 5 euros (IVA incluido).
Para más información, puede ponerse en contacto en [email protected]
Saludos,Respondido el 26 de marzo de 2014
-
Muchas gracias por vuestra respuesta, una vez más
Un saludoRespondido el 26 de marzo de 2014
-
Buenos días,
es un certificado que se puede pedir online que sólo es eso, un certificado. No te implica en nada para las declaraciones que vayas a hacer.
Tengo gestoria en Barcelona, si necesitas algo puedes contactar conmigo: [email protected]
Saludos
AnnaRespondido el 27 de marzo de 2014
-
Hola de nuevo,
El cliente me exige que para darme de alta como proveedor y poder pagar la factura debo estar constituído como empresa o ser autónomo y presentar toda la documentación. Al tratarse de un trabajo puntual y como ya trabajo por cuenta ajena no me planteo ninguna de las dos opciones, aunque sí la de realizar la facturación a través de una cooperativa de trabajo. Ellos me darían de alta en la SS por un día y la factura no será excesiva (menos de 600€). Teniendo en cuenta que trabajo por cuenta ajena y estoy dado de alta en el IAE para trabajos esporádicos... a efectos de declaración de la Renta me supondría un gran perjucio tener este nuevo pagador, aunque fuese por un solo día de SS?
Muchas graciasRespondido el 1 de abril de 2014
-
Muchas gracias por tu respuesta, Anna.. lo tendré en cuenta.
Un saludo,Respondido el 27 de marzo de 2014
- 1