CANTABILIZAR
Buenas tardes, compre mi vehiculo con un prestamo personal, como debo cantabilizar la cuota mensual.
unos me dice como bien de inversion, otros en gastos esto es un lio, me pueden aclarar como hacerlo.
Muchas gracias
SALUDOS
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Si es comercio al por menor tu actividad mejor no lo contabilices por que no sera deducible en renta ni en IVA
Podrias tal vez intentar deducir un 50% de iva si consigues demostrar que se utiliza para la actividad en parteRespondido el 30 de marzo de 2014
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Hola,
Tal y como te comenta candas, a no ser que sea un vehículo 100% afecto a la actividad, por ejemplo si eres comercial y necesitas un vehículo, o si eres repartidor y necesitas furgoneta... casos así si que podrás deducir el 100% pero en caso contrario podrás deducir el 50% siempre y cuando se demuestre que lo vas a utilizar para la actividad, por ejemplo visita a clientes, visita a proveedores...
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Saludos!Respondido el 30 de marzo de 2014
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Hablamos siempre que el vehículo este totalmente afecto a la actividad, porque si no es así no podrá el que lo contabilice o no, no tendrá efectos fiscales.
En el supuesto planteado seria un inmovilizado deducible en el IRPF, y en el IVA si no está en recargo de equivalencia.
Si lo necesita puedo ayudarle www.asesoriaturin.com
En la sección preguntas útiles de nuestra pag. puede ampliar esta información.Respondido el 31 de marzo de 2014
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En el supuesto planteado, salvo que necesites el coche para desplazarte no es deducible en ningún caso, por otra parte un comercio se suele desarrollar en un local, para vender colonias no necesitas el coche salvo que las vendas a domicilio.
Si fuera comerciante lógicamente la cosa cambiaría, aqui estamos hablando de COMERCIO AL POR MENORRespondido el 31 de marzo de 2014
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