retenciones
Con la nueva tarifa del autónomo, da la oportunidad de retener al 9%, pero en mi caso, sin darme cuenta, retuve las primeras facturas al 21%.
Saben si existe algún problema.
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No pasa nada puedes retener el 9%.
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Saludos,Respondido el 7 de mayo de 2014
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No pasa nada por haber retenido más de lo que te corresponde... De hecho lo suyo es retener el 21%, pero a nuevos emprendedores al inicio de su actividad se le permite retener el 9%.
Aun así, si esas facturas que dices son del segundo trimestre, yo las rectificaría, porque eso lo tiene que pagar tu cliente.
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No estoy de acuerdo con que se rectifiquen las facturas si ya están pagadas. La retención se devenga con el pago.
Eso sólo sería posible si la factura no estuviera pagada todavía y mandara el escrito (que exige la normativa) a su cliente para aplicar un tipo de retención menor del general.
Se puede descargar el escrito desde este artículo http://www.impuestosparaandarporcasa.es/2014/07/disminuye-la-retencion-de-los-profesionales/Respondido el 4 de noviembre de 2014
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Lo normal es que retengas siempre el mismo tipo, yo lo comunicaria con un escrito el error y asi no podrian decirme nada, otra cosa es que hagas lo que te deicen los compañeros y lo pasen por alto.
www.gesbel.esRespondido el 10 de mayo de 2014
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