Ingresar capital social inicial (Sociedad Civil)

Hola,

Hemos creado una Sociedad Civil y nos surgen dudas a la hora de hacer la aportación del capital social establecido en el contrato de constitución.

Nuestra duda es si por parte de Hacienda existe la obligación de hacer esta aportación de dinero de alguna forma concreta. Es decir, si se debe materializar mediante transferencias bancarias desde nuestras cuentas personales a la cuenta de la sociedad, para que quede constancia de cara a la administración, o si por ejemplo podríamos hacerlo con dinero efectivo que tengamos disponible, simplemente ingresándolo en la sucursal bancaria.

Gracias.

Creada el
  • Cual es la idea de esa aportacion , un prestamo que teines que recuperar una donacion a fondo perdido para compensar perdidas o una ampliacion de capital?

    Una opcion puede ser ampliar el capital de esa sociedad lo cual esta exento desde el 2010

    Si necesitas ayuda [email protected]

    Respondido el

  • Hola,

    Me refería simplemente a la aportación de capital social inicial cuando se constituye la sociedad.

    Desconozco si existe la obligación de hacer esa aportación de alguna forma concreta, como por ejemplo mediante transferencias desde las cuentas de los socios a la cuenta de la sociedad, para que quede reflejada la procedencia del dinero de cara a hacienda, o si por el contario es suficiente con ingresar el dinero en efectivo en el banco, al tratarse de una cifra relativamente pequeña, de 3000 euros en total.

    Es más, en el caso de las sociedades civiles, ¿es necesario que se produza físicamente esa aportación incial de dinero como ocurre con una SL?

    Gracias.

    Respondido el

  • La sociedad civil es un simple contrato se puede constituir con 0 euros en cuanto a las sl tampoco es necesario que esa aportación de 3005 que hasta hace poco exigía la ley ( y sigue exigiendo salvo algún tipo de especie de sl que nos han intentado colar con la ley de emprendedores) tampoco ws necesario que se realice en dinero y menos rene índole n cuenta que no es necesario el dictamen del perito mercantil

    Respondido el

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