RE, estimación directa o por modulos, ROI

gis

Hola,
Estoy pensando iniciar una actividad y para ello darme de alta como autónomo. La actividad consistiria en comprar tejidos muy concretos que aquí no se encuentran y re-venderlos, además de manufacturar el producto final para vender y dar cursos para enseñar a manufacturar ese producto final.
He estado leyendo sobre el recargo de equivalencia y he visto que no es aplicable si antes de la venta el producto es sometido a un proceso de transformación. En el caso de que yo manufacture el producto final es obvio que no estaria dentro del recargo de equivalencia y en el caso que que revenda los tejidos y materiales no lo sé en el caso de: el hecho de trozear las telas por metros no se incluye como una transformación?? (no sé si me explico)
Además, si el proveedor es comercio minorista también he leido que en este caso no existiria recargo de equivalencia.
Los proveedores serian del extrangero por lo que me tendria que dar de alta en ROI para no tener problemas con temas de IVA, no??
La tributación como seria? por estimación directa o por modulos??

Como va el tema de los epigrafes?? esto es al darme de alta?? se paga?? Por lo que he estado leyendo podrian ser los epigrafes 435.3, 663.2 (para vender en ferias y mercadillos), 933.9
Seguro que cuanto más lea más dudas me surgirán, muchas gracias de antemano

Creada el
  • Hola gis para empezar yo recominendo siempre estimacion directa simplificada sin dudarlo ahora bien teniendo en cuent que vas a tener gastos al principio y demas.

    En cuanto a la venta de tejidos estas sujeta a recargo de equivalencia los productos que transformas estarías en régimen general lo que hace que tengas que aplicar sectores diferenciados sin dejar de lado también a la formación la cual estaría sujeta

    En cuanto a los epigrafes mientras no llegen al 1.000.000 de euros puedes estar tranquila son informativos ya que no tendras que pagar IAE

    Si vas a realizar operaciones intracomunitaris necesitaras tramitar el alta en el ROI y pagar el recargo de equivalencia por dichas compras, en caso de ser 3 paises incluyendo canarias ceuta y melilla no es necesario el alta en el roi pero el iva y el recargo se paga en aduanas

    Si necsitas mas informacion [email protected]

    Respondido el

  • Hola, no me ha quedado muy claro tres puntos:

    -Si al vender los tejidos, el hecho de cortarlos por metros es considerado transformación por lo que ya no entraría en recargo de equivalencia??

    -la formación a cual estaría sujeta??

    -si compro en proveedores minoristas, seria recargo de equivalencia??

    Respondido el

  • el corte de tejidos no es una transformacion, la formacion estara sujeta si no esta incluida en un plan de estudios si estuviese incluida en un plan de estudios estaria exenta y la tercera el minorista no debe aplicar recargo al facturar a otro minorista

    Respondido el

  • Ok, muchas gracias!!

    Lanzo una pregunta más, ahora con relación a las prorratas...

    Si compro material al por mayor y uso una parte de este para la venta y otra parte para manufacturar y vender el producto final. Podría deducir algún IVA? Como se haría? Supongo que al comprarlo pagaría un 21%+5.2% IVA de todo el material (por el recargo de equivalencia) ya que no se sabe a priori que venderé y que transformaré...

    saludos

    Respondido el

  • Para algo esta la prorrata para saber que iva es deducible y no en esos casos lo que necesitas e sun buen asesor fiscal que te ayude por lo menos al principio si quieres tienes mi emai arriba podemos hablar de la conratacion de mis servicios si quieres

    Respondido el

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