Pago de Luz de Obra.

Hola a tod@s. Os comento una cuestión a ver si me podeis orientar.
El tema es el siguiente. Montamos una peluqueria en una lonja de nueva construcción y cuando finalizarón las obras de la peluqueria todavia no nos habian puesto el contador de la luz y por lo tanto trabajabamos con la luz de obra. Así 4 meses, hasta que la compañia electrica se digno por fin a ponernos el contador. Ahora la empresa constructora nos reclama el paga de esos meses de luz. Y la compañia electrica nos dice que no tenemos porque pagarles.

Creada el
  • Hola, extraña situación, desde un punto de vista legal el responsable era la constructra hasta que os pusieron el contador. Si el retraso era achacable a la compañía eléctrica lo que debe hacer la empresa constructora es reclamárselo a ellos, es decir, pedir que les condonen la deuda.

    Pero claro, también tiene sentido, siempre y cuando os pidan una cantidad razonable, que os lo pidan a vosotros ya que al fin y al cabo os habéis beneficiado del servicio eléctrico. En fin, ellos han probado a ver qué pasaba, no teneis obligación aunque tampoco es un atropello, ni mucho menos.

    Saludos

    Respondido el

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