IVA en facturación de clases particulares

Hola, Me he dado de alta como autónomo (persona física) en el epigrafe "Centro de Formación no reglada". Estoy dando clases particulares de asignaturas de enseñanza reglada en secundaria y bachillerato en un local de mi propiedad.
Me han pedido una factura y mi pregunta es:
¿Mi actividad está exenta de IVA o tengo que incluirlo en la factura?
¿He de incluir algún tipo de impuesto en ella?
Gracias, Sergio

Creada el
  • Hola Sergio,

    Efectivamente tu actividad esta exenta de IVA. Si te solicitan factura debes de expedirla sin IVA, salvo que entregues material por ejemplo Libros de Texto, en este caso debes de desglosar la factura detallando separadamente los honorarios correspondientes a docencia y material gravando este ultimo con el correspondiente IVA en vigor.

    Esperamos haberte sido utiles.

    Luis Gutierrez
    www.asesoriaparaautonomos.com

    Respondido el

  • Muchas gracias. He visto que la plantilla de factura que hay infoautonomos, lleva un epigrafe que se resta del total denominado Retención IRPF (15% en el ejemplo). ¿Esto hay que incluirlo también en mi factura?

    Respondido el

  • Solo si el receptor de la facturas es una empresa, ten en cuenta que la retención actual es del 21,00%.

    Saludos

    Respondido el

  • Hola sergiomolinap

    Deberías darte de alta en censo,modelo 037, de esa otra actividad reglada para no tener problemas.
    Con ello harás dos actividades de enseñanza,una reglada y la otra no.
    Por una repercutirías iva en tus facturas,por la otra no.
    La proporción en que repercutes iva te permitirá deducir en esa misma medida el iva que soportas en tus compras y adquisiciones de servicios.Esto se llama regla de prorrata.
    Saludos

    Respondido el

  • Gracias, Juan Carlos.
    Significa que cuando rellene el modelo 037 tendre dada de alta dos actividades ¿verdad? No es que tenga que hacer modificación de la existente.
    sergio

    Respondido el

  • Hola sergiomolinap

    Efectivamente,al presentar el 037 comunicarás que inicias una nueva actividad, no afecta,salvo en lo comentado anteriormente para el iva,a la otra actividad.

    Perdón por inmiscuirme,pero en las facturas que emitas no debe haber retención en ningún caso puesto que tu actividad es empresarial,y la retención solo se practica sobre las actividades profesionales.

    Saludos

    Respondido el

  • Correcto.

    Respondido el

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