Varias actividades

Hola.
Necesito saber como puedo hacer para no complicarme la vida y agregar una actividad.
Estoy con el Epigrafe 222 (Ingenieros Técnicos) le facturo a una sola empresa, la cual me retiene el 21% de IRPF y no hago el 130 trimestral.
Ahora quiero agregarme como fotografo. seria el epigrafe 973 (servicios fotograficos) entiendo que tendre el mismo IVA del 21%.
Como se hacen las declaraciones de IRPF anuales, tiene que estar separadas completamente? o si compro camaras, equipo fotograficos, lo que sea, combustible, va todo junto como gastos de activdad economica? el IVA lo puedo juntar entre ambas actividades?
No quiero llevar contabilidad separada en cuanto a IVA e IRPF.
Muchas gracias.
Slds.

Creada el
  • Debes cursar el alta en el modelo 037 con la nueva actividad y realizar dos impuestos los que corresponda a cada actividad ([email protected])
    Gracias

    Respondido el

  • Me lo temía.
    Muchas gracias.
    Slds.

    Respondido el

  • Hola,

    Estas segura que hay que realizar dos impuestos diferentes ?

    Según tengo entendido, como persona física, tan solo puedes presentar una declaración de IVA y de IRPF. Otras cosa es que lleves la contabilidad por separado...

    ¿ Alguien más puede opinar?

    Respondido el

  • No, no tienes que presentar dos modelos de IVA (modelo 303), de hecho, si presentas más de 1 modelo 303 en el trimestre, el último machaca el anterior.
    Debes de darte de alta en el epígrafe de fotografía. Cada trimestre presentas un único modelo 303 de IVA con todas las operaciones que has hecho.
    Si tus clientes te retienen el 21% de IRPF, no es necesario que presentes el modelo 130.
    A finales de Enero tienes que presentar el modelo 390 (resumen anual del IVA).

    Respondido el

  • Yo soy agente de seguros y asesora fiscal, y presento dos declaraciones, ya que el eqpigrafe es diferente, pero bueno es mi experiencia y mi consejo. Gracias

    Respondido el

  • Hola,

    Lo que nos interesa saber es si nos podemos deducir un iva soportado de una actividad con el devengado de otra actividad.

    Respondido el

  • Como dice mcasadoblanco, coincide con lo que una vez me explicaron, pero no estaba seguro. en cuanto a IVA trimestral va todo junto, el 130 depende el cliente sin son particulares o empresas, tendre que hacer o no el 130 para esa actividad. El 390 anual, se especifican todas las actividades y su epigrafe, pero tambien va todo junto el IVA devengado y el deducible, aunque una de las dos actividades sera principal segun el volumen de operaciones.
    El 100 del IRPF Anual deberan ir separados gastos e ingresos por actividad.
    Creo haber entendio.
    Muchas gracias a todos.

    Respondido el

  • La autoliquidación es única para cada empresario o profesional. Si ambas actividades están en el mismo régimen (como es el caso) presentas un solo modelo 303, si fuesen diferentes (general y simplificado) sería un sólo modelo 370 o 371.
    Y a final de año el 390, donde en la página 1, señalas ambos epígrafes.
    (Artículo 71.5 Reglamento del IVA).

    Un saludo

    Cristina Magro
    www.consultoresquatro.es

    Respondido el

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