Gastos estimación directa simplificada

Estoy empezando , un comercio minorista que aún no está abierto, y os quería consultar el tema de contabilizar los gastos. Me han dichonen hacienda que el gasto de alquiler es la renta sin IVA. Ok...,pero y de lo demás? Me refiero a suministros como el telefono, la luz. Estos serían con o sin IVA? Y en las compras de mercaderías el IVA y el RE se consideran parte del gasto a deducir también?

Muchas gracias por ayudarme !
Saludos.

Creada el
  • Si estas en recargo de equivalencia como te leí más abajo todo es gasto pues el iva no es deducible y el iva en este caso supone un mayor gasto caso distinto es el de aquellas personas como por ejemplo yo que estamos en régimen general en cuyo caso al existir un iva deducible no puede aumentar el valor del gasto

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