Consultas etiquetadas con "marginal".

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  • AUTONOMO SIN ESTAR DADO DE ALTA EN LA SEG SOC

    Hola.
    Llevo 6 meses dado de alta en una actividad económica en hacienda (IAE 861 . Artesanos) ya que realizo artesanía textil, ropa de bebe, canastillas prenatales y adornos del hogar que vendo en mercadillos de forma puntual y a través de Internet. Es un trabajo que no realizo a tiempo completo y del cual recibo muy pocos ingresos y por ello, cuando fui a consultar a la seg social me informaron que al tener tan pocos ingresos podía solicitar a la inspección ejercer mi actividad sin darme de alta en Seg Soc (Autónomo marginal o algo así). La persona que me atendió me dijo que desde el momento en que yo hiciera ese escrito solicitándolo ya podía ejercer mi actividad y que posteriormente dicha inspección me contestaría si podía seguir ejerciendo así esa actividad o tenía que darme de alta. Hace unos días recibí una carta de la Seg Social en la que me comunicaban que debía darme de alta con carácter retroactivo argumentando que, según el articulo 2 del real decreto 2530/1970, de 2 de agosto, (BOE del 15 de septiembre) " se entenderá como trabajador autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a titulo lucrativo".
    Mi situación es que estoy desempleado y el unico ingreso que tengo es este (Mi facturación no ha superado en ningún momento el salario mínimo interprofesional)
    ¿Tendría alguna posibilidad de recurrirlo?
    ¿Alguien conoce algún caso similar?

    Muchas gracias de antemano y siento que me haya extendido tanto.

    Un saludo

    autónomo, marginal

    Creada el
  • Cuota reducida actividad deportiva?

    Buenas.
    En relación con la nueva ley de emprendedores aprobada recientemente, agradecería si alguien me pudiera acalarme lo referente a esto:
    "se ha introducido una disposición adicional que obliga al Gobierno a realizar un estudio sobre la relación jurídica y el encuadramiento en el campo de aplicación de la Seguridad Social de la actividad desarrollada en clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro, que pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida. El estudio tendrá que hacerse cuatro meses después de la aprobación de esta ley."
    ¿quiere decir esto que habrá una cuota a la SS reducida para los trabajadores de actividades deportivas con ingresos marginales?
    En este caso ¿quién se podría acoger a ello?
    (ej. monitores de actividades extraescolares deportivas)
    ¿En qué puede consistir dicho estucio?
    ¿porqué se tiene que hacer cuatro meses despues de esta aprobación?
    Disculpad tanta pregunta, esque yo me encuentro en esta situación, soy profesor de gimnasia deportiva de clases extraescolares en un par de colegios, mis ingresos son pocos y no tengo otro trabajo por el que cotizar a la SS, con lo cual si tuviera que pagar la cuota de autónomos casi me quedo sin ingresos por estas actividades.
    Ojalá esto quiera decir que habrá una cuota reducida que compense hacer esta actividad.
    Muchas gracias.

    deportiva, extraescolar, marginal

    Creada el
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