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Cómo autofacturar si eres autónomo

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Como autónomo, debes conocer tu obligación de expedir una factura cuando prestas un servicio o proporcionas una mercancía. Pero también se puede dar el caso, aunque sea menos habitual, de que el autónomo que recibe el servicio o mercancía pueda encargarse de expedir su propia factura.

Por eso te queremos contar que legalmente es posible, ya que así lo recoge el Reglamento de Facturación a través del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Así que te vamos a explicar todos los detalles sobre las autofacturas: qué son, cuándo usarlas, cómo y quiénes pueden hacerlas, y las obligaciones fiscales que acarrean.

Cómo autofacturar si eres autónomo

Actualizado el 3 de diciembre de 2021

4 minutos de lectura

Por Infoautónomos

En este artículo web te vamos a contar:

  1. Qué es una autofactura
  2. Requisitos para emitir autofacturas
  3. Cuándo usar la autofactura
  4. Cómo se hace una autofactura
  5. Obligaciones fiscales de la autofactura

1. Qué es una autofactura

Se trata de un concepto fácil de entender. Una autofactura es una factura emitida por un destinatario o tercero que compra un producto o recibe la prestación de un servicio. Por tanto, también se le conoce como facturación por destinatario. Eso sí, debes saber que la autofactura no va a eximir al proveedor de sus obligaciones fiscales.

A través de la autofacturación el propio comprador será el que emita la factura para sí mismo a todos los efectos. Para realizar la autofactura, el empresario, profesional o autónomo debe contar previamente con la autorización de la Agencia Tributaria, para que el destinatario de la operación o un tercero puedan emitir la factura en su nombre.

La autofacturación está regulada en el artículo 5 del Reglamento de Facturación. Para poder emitirla debes cumplir unos requisitos, que te vamos a contar a continuación.

2. Requisitos para emitir autofacturas

Vamos a explicarte cuáles son los requisitos que se exigen para poder emitir una autofactura:

  1. Tanto el empresario o profesional que realiza la operación como el cliente deben acordarlo previamente por escrito. El acuerdo tiene que establecerse antes de realizarla y debe incluir todas las operaciones que se facturarán con la emisión de autofacturas.
  2. Cada vez que se emita una autofactura, el empresario o profesional que realiza la operación debe llevar a cabo un procedimiento de aceptación que debe ser preestablecido y acordado por ambas partes.
  3. El cliente o tercero que emite la autofactura debe enviarle una copia al profesional o empresario que realiza la operación.

La norma también indica que la obligación de expedir factura podrá ser cumplida tanto por el empresario o profesional destinatario de la operación como a través de terceros a los que se les encomiende dicha expedición.

Si el destinatario de la operación no está establecido en la Unión Europea, salvo Canarias, Ceuta y Melilla, se necesitará una autorización previa de la Agencia Tributaria para que la factura se considere válida.

Y llegados a este punto, volvemos a recordarte que la autofacturación exige una autorización previa de la Agencia Tributaria y que no exonera al empresario que realiza la operación de sus obligaciones fiscales.

3. Cuándo usar la autofactura

Los casos más habituales en los que el destinatario va a estar interesado en emplear la autofacturación son:

  • En las entregas de bienes de inversión: por un proceso concursal, porque el sujeto pasivo hubiese renunciado a la exención, o por la ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles.
  • En la prestación de servicios por derechos de admisión, reducciones de emisiones y reducción de gases de efecto invernadero.
  • En ejecuciones de obras.
  • Cuando hay una cesión de personal establecida mediante contrato con el promotor y el contratista y cuya finalidad sea urbanizar terrenos o construir edificaciones.
  • Al recibir prestaciones de profesionales de países fuera de la Unión Europea.
  • En la adquisición de oro de inversión.
  • Al comprar chatarra o materiales de recuperación.
  • Si se producen entregas de desperdicios o desechos de papel, cartón o vidrio.

4. Cómo se hace una autofactura

Básicamente, el contenido de una autofactura recoge los mismos contenidos que los de una factura corriente. Pero deberás tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  • La factura se debe emitir a nombre del empresario o profesional que realiza la operación.
  • Debe emplear una serie numérica diferente a la serie ordinaria de las facturas del empresario o profesional que realiza la operación.
  • La factura debe contener la frase “factura por el destinatario”.
  • Debe emitirse con la denominación de factura, nunca bajo el nombre de autofactura.

5. Obligaciones fiscales de la autofactura

El hecho de que la autofacturación esté a cargo del destinatario, no supone que el empresario o profesional que realice la operación esté exento de sus correspondientes obligaciones fiscales.

Así está recogido en el artículo 5.1 del Reglamento de Facturación:

“Artículo 5. Cumplimiento de la obligación de expedir factura por el destinatario o por un tercero.

1. La obligación a que se refiere el artículo 2 podrá ser cumplida materialmente por los destinatarios de las operaciones o por terceros. En cualquiera de estos casos, el empresario o profesional o sujeto pasivo obligado a la expedición de la factura será el responsable del cumplimiento de todas las obligaciones que se establecen en este título.

En el caso de las personas y entidades a que se refiere el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, que hayan optado por el cumplimiento de la obligación de expedir factura por los destinatarios de las operaciones o por terceros, deberán presentar una declaración censal comunicando dicha opción, la fecha a partir de la cual la ejercen y, en su caso, la renuncia a la misma y la fecha de efecto.”

Para que lo entiendas, aunque la autofacturación no afecta al empresario o profesional que presta el servicio (el sujeto pasivo del impuesto), la autofactura sí que debe quedar registrada en sus ingresos, ya que es el responsable de declarar el IVA.

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