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Deducción por inversión en empresas nuevas o recientes

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La deducción por inversión en empresas nuevas en la declaración de la renta o IRPF es una de las medidas estrella que fueron introducidas por la Ley de Emprendedores para favorecer la inversión de particulares, pequeños inversores y business angels en proyectos de emprendedores y en nuevas empresas o de reciente creación.

Te explicamos su funcionamiento, características, cuantías deducibles, los requisitos que es necesario cumplir y el modelo 165 a cumplimentar.

Deducción por inversión en empresas nuevas o recientes

Actualizado el 1 de junio de 2022

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

La ley de emprendedores introdujo esta interesante deducción para favorecer la inversión de particulares y business angels en proyectos de emprendedores. Así que si estás en fase de captar capital para tu negocio o startup, ten muy en cuenta esta deducción del IRPF porque te puede ayudar a terminar de convencer a esos conocidos (family, fools and friends) que podrían estar interesados en invertir en tu negocio.

Cuantía de la deducción

Será el 30% de las cantidades invertidas en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. Esta deducción se aplicará en la declaración de la renta o IRPF del inversor.

La base máxima de deducción será de 60.000 euros anuales y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas. No se podrán incluir cantidades que se hubieran beneficiado de deducciones por cuentas de ahorro – empresa o de deducciones autonómicas similares.

Requisitos de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

Se establecen cinco requisitos a cumplir por la entidad en la que se invierta:

  • Forma societaria: podrá ser Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.), Sociedad Anónima Laboral (S.A.L.) o Sociedad de responsabilidad Limitada Laboral. (S.L.L.). Puedes ampliar información sobre estas formas mercantiles en nuestra comparativa de tipos de sociedades.
  • Actividad económica: es necesario ejercer una actividad económica que cuente con medios personales y materiales. No se admitirán sociedades que tengan como actividad la gestión de patrimonios inmobiliarios o mobiliarios.
  • Fondos propios: no podrán superar los 400.000 euros anuales en el momento de adquisición de las acciones o participaciones. Si la sociedad forma parte de un grupo, este límite se aplicará a los fondos propios del conjunto de entidades del grupo.
  • Antigüedad de la empresa: máximo de tres años. Las acciones o participaciones deberán ser adquiridas en el momento de la constitución de la sociedad o en una ampliación de capital en los tres años siguientes.
  • Nueva actividad: no serán deducible las participaciones en entidades que ejerzan la misma actividad que se venía realizando por parte de otra sociedad.

Además se establecen estos otros dos requisitos a cumplir por el inversor y la empresa:

  • Permanencia: las acciones o participaciones adquiridas se deberán mantener un mínimo de tres años y un máximo de doce.
  • Participación máxima: el inversor no podrá tener más del 40% del capital social, ni directa ni indirectamente a través de su cónyuge o parientes hasta segundo grado de consanguinidad.
  • Certificado de la sociedad: para proceder a la deducción el inversor deberá obtener un certificado de la sociedad donde se indique el cumplimiento de los requisitos de forma societaria, actividad y fondos propios.

El modelo 165: Procedimiento para la deducción por inversión en empresas nuevas

Como hemos dicho, la deducción del 20% se aplicará en la declaración de la renta del inversor.

Ahora bien, Hacienda establece una serie de pasos previos obligatorios:

En primer lugar, los socios inversores interesados en la deducción deben solicitar a la Sociedad un certificado acreditativo del cumplimiento de los requisitos, certificado que debe expedirse en el ejercicio en que se haya realizado la adquisición o ampliación del capital social.

En segundo lugar, la sociedad deberá presentar en Hacienda en el mes de enero del año siguiente el modelo 165, una declaración informativa en la que tendrá que identificar a los socios a los que se les ha emitido el certificado acreditativo, indicando el porcentaje que supone su participación en el capital social de la empresa y la fecha de adquisición. Podrá tratarse tanto de capital inicial como de una posterior ampliación de capital.

Si los inversores aplican la deducción en su declaración de la renta sin que la empresa haya presentado el modelo 165, Hacienda les requerirá posteriomente que justifiquen dicha inversión, así que para cuidar las relaciones con sus socios inversores y evitarles papeleos y reclamaciones es importante que la empresa cumpla este procedimiento.

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