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Deducción de 26,67 euros diarios en comidas, otro incentivo fiscal en la ley de autónomos
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Deducción de 26,67 euros diarios en comidas, otro incentivo fiscal en la ley de autónomos

Resumen > Conoce el último aliciente fiscal incluido en las enmiendas de la reforma de la ley de autónomos. ¿Podremos desgravarnos los autónomos los gastos de comida en este 2017? Te lo contamos.
Comida De Trabajo
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Actualizado el 12 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

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El borrador de la reforma de la ley de autónomos, aún en tramitación, anuncia nuevos incentivos para los trabajadores por cuenta propia; el más destacable, la deducción en el IRPF de 26,67 euros al día en concepto de gastos de manutención por la comida realizada en la jornada laboral durante los días laborables oficialmente establecidos. ¿Qué hay de verdad y novedoso en esta medida?

Hace tiempo que Infoautónomos partimos de la premisa empírica "ver para creer" cuando se trata  de la nueva ley de autónomos. Y es que después de meses de retraso en la tramitación el escepticismo se apodera de nuestro ánimo. Pero esta vez y, después de una primera aprobación de la ley en el Congreso, la medida va en serio.

La posible medida, propuesta por Unión de profesionales de Trabajadores Autónomos (UPTA) y recogida en el texto de la reforma, permitiría a los autónomos desgravarse 26,67 euros diarios -48,08 euros para autónomos en el extranjero-,  equiparándose a la deducción de la que goza el trabajador asalariado dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del IRPF. Las cuantías se verán duplicadas si, además de comer, el trabajador por cuenta propia se ve obligado a pernoctar fuera de casa.

Esta nueva deducción en el IRPF mantendría los criterios de los gastos deducibles para el autónomo y sería únicamente posible en caso de que éste se viera obligado a comer fuera de su domicilio y realizara el pago de forma telemática y pudiera tras ello presentar factura o vale de comida que especificar el día, el establecimiento y el importe de la consumición.

La aprobación de esta medida tendría dos posibles lecturas: por un lado la equiparación de derechos con los trabajadores asalariados y por otro el control y seguimiento de la utilización de este tipo de gastos. De hecho, según establece Hacienda, la imputación errónea de gastos es uno de los principales motivos de fraude entre autónomos y razón de sobra para recibir una Inspección de la Agencia Tributaria.  Por eso, es fundamental tener correctamente justificados y contabilizados los gastos de tu actividad.

En cualquier caso esta nueva deducción supera lo inicialmente previsto. Hace unas semanas conocíamos la inclusión de esta medida en el borrador de la reforma pero el gasto deducible por comida no podía superar los 12 euros diarios.

Agua, luz y teléfono: gastos deducibles para el autónomo que trabaja en casa

Como ya contamos hace unos meses,  la nueva ley de autónomos también permitirá la deducción fiscal de hasta el 30% de los suministros de luz, agua, electricidad y teléfono a los trabajadores por cuenta propia que desarrollen su actividad desde su propia vivienda.

Cabe indicar que hoy por hoy la Dirección General de Tributos sólo acepta la desgravación en caso de disponer de contador separados, algo nada habitual que deriva en la no deducción de estos gastos o, en su defecto, en la deducción errónea.

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