Blog
El Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores
Más vale prevenir que no cobrar: 6 consejos contra la morosidadBYOD: Cómo aplicarlo sea cual sea el tamaño de tu empresa¿Cómo presento mi Declaración de la Renta: individual o conjunta?Documento SEPA: qué es y cómo se rellena¿Cómo conseguir captar clientes potenciales?Por qué una Gestión Administrativa Empresarial rigurosa garantiza el 50% del éxito de tu negocioYouTube Marketing: importancia de un canal de YouTubeQué debes tener en cuenta para ser autónomo freelance7 gastos deducibles sin factura5 hábitos que están destruyendo tu capacidad para dirigir tu negocio¿Te piden nómina para alquilar pero eres autónomo? Presenta estos documentosAutónomos en peligro de extinciónCómo saber si tu negocio cumple con el Reglamento de Protección de DatosCómo gestionar la falta puntual de liquidez si eres autónomoCómo declarar el IRPF de un trimestre sin ingresosLos designios del periodista autónomo¡250.000 usuarios, 250.000 gracias!Iniciativa Pyme: 4.000 millones de euros en financiación para empresasForo Online de Marketing Digital para pymes y autónomosLo que necesitas conocer sobre la gestión fiscal de tu negocio33 autónomos fallecidos en accidente laboral en lo que va de añoIAE y epígrafe para socorrista¿Cuánto cuesta la cuota de autónomos el primer año?Soluciones de ahorro para los autónomos en su Declaración de la Renta 2022¡Atención, creativos! Cómo financiar un proyecto con Kickstarter¿Qué tarifa plana te conviene? Motivos para darte de alta como autónomo en 2022

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

El Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores

Plan Igualdad empresas menos 50

Actualizado el 3 de febrero de 2026

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Cuando hablamos del Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores es importante matizar que en España la obligación “general” se fija a partir de 50 personas en plantilla.

Pero una empresa con menos de 50 trabajadores también puede estar obligada en casos concretos (por convenio colectivo o por imposición de la autoridad laboral).

Para ayudarte a entenderlo, te vamos a explicar qué es el Plan de Igualdad, quién debe tenerlo y cómo se implanta paso a paso.

¿En qué consiste el Plan de Igualdad para empresas?

Un Plan de Igualdad es un conjunto de medidas negociadas y planificadas para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la empresa y eliminar la discriminación por razón de sexo.

No se trata de un documento “estándar”, ya que debe partir de un diagnóstico, fijar objetivos, concretar acciones, asignar responsables, establecer un calendario, indicadores y un sistema de seguimiento y evaluación.

En la práctica, un buen plan va a abordar materias como:

  • Selección y contratación.

  • Clasificación profesional y promoción.

  • Formación.

  • Condiciones de trabajo (incluida la auditoría retributiva y brecha salarial).

  • Corresponsabilidad y conciliación.

  • Infrarrepresentación femenina.

  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Y, además, los planes de igualdad deben inscribirse obligatoriamente en un registro público (REGCON), ya sean obligatorios o voluntarios.

¿Qué empresas están obligadas a tenerlo?

Este es un aspecto muy importante, y que hay que entender bien, para evitar caer en errores:

Obligación "general" (por tamaño)

Están obligadas las empresas con 50 o más personas trabajadoras en plantilla.

¿Y si tengo menos de 50 trabajadores?

En principio, no hay obligación automática solo por tener menos de 50, pero sí puede ser obligatorio en estos supuestos:

  1. Si lo exige el convenio colectivo aplicable (sectorial o de empresa).

  2. Si lo impone la autoridad laboral en el marco de un procedimiento sancionador (por ejemplo, tras una actuación de la Inspección de Trabajo).

¡Importante! Si tu empresa llegó a estar obligada (por ejemplo, porque alcanzó 50 personas) y después baja de plantilla, es frecuente que se exija mantener el plan vigente mientras dure su periodo de aplicación. Por tanto, no conviene “desactivarlo” sin asesoramiento.

Cómo implantar el Plan de Igualdad en empresas de menos de 50 trabajadores

Si estás en situación de tener que implantar un Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores (convenio o autoridad laboral), este es el camino más seguro para hacerlo:

  1. Compromiso formal: comunica por escrito el compromiso de la dirección y designa recursos (tiempo, personas, posible apoyo externo).

  2. Constitución de la comisión negociadora: el plan se negocia. Si no hay representación legal de las personas trabajadoras, normalmente se articula con los sindicatos más representativos del sector.

  3. Diagnóstico de situación: recopila datos (plantilla desagregada por sexo, contratación, promociones, salarios, formación, medidas de conciliación, etc.) y detecta brechas y causas: dónde se produce la desigualdad y por qué.

  4. Definición de objetivos y medidas: establece objetivos realistas y medibles. Por ejemplo: reducir la brecha salarial, aumentar la presencia femenina en mandos, mejorar el acceso a formación, etc. Y desarrolla medidas concretas: qué se hará, cómo, quién lo hace y cuándo.

  5. Calendario, indicadores y seguimiento: define indicadores (KPIs) y periodicidad de revisión. Y establece un sistema de evaluación y revisión del plan.

  6. Aprobación e inscripción en REGCON: una vez acordado, regístralo. La inscripción es obligatoria para planes de igualdad, incluso si son voluntarios.

Como ves, el Plan de Igualdad obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores existe solo en supuestos concretos (convenio o imposición administrativa).

Pero si crees que puedes estar afectado, revisa tu convenio y confirma tu cómputo de plantilla, porque te ahorrará sanciones, problemas en licitaciones y, sobre todo, improvisaciones de última hora.

Logo perfil Infoautónomos

Infoautónomos

S.L.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576