Blog
Cambio de criterio: la prestación extraordinaria por cese de actividad sí es compatible con otras prestaciones
La mujer autónoma y la igualdad de oportunidadesEl perfil del autónomo que mejor ha soportado la pandemiaVen a conocernos a Biz Barcelona y ahorra 7 euros en tu entrada¿Problemas de liquidez? Solicita un aplazamiento de tus cuotas de autónomo a la Seguridad SocialCómo sacar partido a Instagram para empresasPor qué tu primera cuota de autónomos de 2020 es un 1% más caraLas 10 cualidades principales que debe tener todo buen emprendedorLas mejores ideas de financiación para autónomos si vas a emprender tras la pandemiaLimitación de responsabilidad patrimonial a los autónomos que fracasen en sus negociosEmprender después de los 40: 3 consejos para invertir sin acabar desplumadoCómo saber si tu negocio cumple con el Reglamento de Protección de DatosSupuestos en los que se paga cuota reducida de autónomosTipos de flexibilidad horaria y cómo puede beneficiar al autónomoNuevas medidas de apoyo a autónomos y emprendedores del Ayuntamiento de MadridCotización y fiscalidad del autónomo desplazadoLas 6 respuestas que esperabas sobre la prórroga del cese de actividadHacienda endurece la tributación por módulos en 2019Ventajas de usar un software de facturación online si eres autónomoTramos IRPF 2015: cómo quedan tras los cambios de julio¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda?Pymes y autónomos tendrán hasta marzo para acogerse al IVA de CajaCuota de autónomos 2015: ¿Debe subir otra vez la base mínima?Deducciones fiscales: Los recortes de la Reforma Fiscal que afectan a autónomos y pymes¿Puede un autónomo solicitar el aplazamiento de sus seguros sociales?IVA: El FMI pide subir el impuesto al 21% en todos los productosConsigue el mejor precio para tu conexión internet USB

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Cambio de criterio: la prestación extraordinaria por cese de actividad sí es compatible con otras prestaciones

Resumen > El Gobierno corrige la letra pequeña de la prestación extraordinaria por cese de actividad sobre su compatibilidad, duración y plazo de solicitud.
Prestación Extraordinaria Por Cese De Actividad
profile picture for marinarivero

Actualizado el 23 de enero de 2025

2 minutos de lectura

Por

Hemos venido informando sobre ello desde la publicación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. El artículo 17 que regula la prestación extraordinaria por cese de actividad establecía la incompatibilidad de la ayuda con otras prestaciones de Seguridad Social, lo que hacía imposible el acceso a quienes por ejemplo cobraran una pensión de viudedad o la pensión correspondiente por jubilación activa durante la crisis del COVID-19. Pero esta condición ha cambiado.

Hoy mismo, la disposición final segunda del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, desbloquea este requisito y hace posible la compatibilización de la prestación extraordinaria por cese de actividad con cualquier otra prestación de seguridad social que el beneficiario viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

Se ha detener cuidado con este último aspecto ya que recordemos que la prestación por Incapacidad Temporal no permite el desempeño de la actividad que se desarrolla, al menos de forma temporal.

Compatibilidad con el desempleo de autónomos en pluriactividad

¿Deja este cambio de criterio la puerta abierta a la posibilidad de compatibilizar el cobro del desempleo en caso de ERTE y el cese de actividad para autónomos en pluriactividad? Este supuesto es uno de los que más quebraderos de cabeza ha causado entre los autónomos y las asesorías ya que las informaciones han sido y siguen siendo confusas.

Sabemos ahora que el cese de actividad es compatible con otras prestaciones de Seguridad Social pero el SEPE continúa informando de que en caso de ERTE, no se tiene derecho a acceder a la prestación por desempleo si en la fecha del nacimiento del derecho se encontraba realizando un trabajo por cuenta propia. Se insta desde el SEPE a darse de baja como autónomo para poder optar por una u otras prestación, unas indicaciones confusas ya que el cese de actividad extraordinario exige estar de alta como autónomo para su solicitud.

Habremos de esperar para ver la afectación de este cambio de criterio, que aún está sobre el papel, en algunos supuestos.

Cambio también de la fecha de solicitud del cese de actividad

EL BOE que contiene este nuevo Real Decreto también modifica la fecha límite de solicitud del cese de actividad. Si bien antes se establecía el 14 de abril como fecha tope para la presentación de solicitudes, con la nueva norma este plazo se amplía hasta el último día del mes siguiente al que se produjo la finalización del
estado de alarma
. Un estado de alarma que recordemos no tiene aún fecha definitiva de finalización.

Pero cuidado porque no es oro todo lo que reduce. El apartado 9 en que se regula estos plazos de solicitud insta a las entidades gestoras a emitir una resolución provisional, estimatoria o desestimatoria, que se revisará una vez finalizado el estado de alarma. En caso de que realmente no proceda el reconocimiento de la prestación la Administración reclamará las prestaciones indebidamente percibidas.

Recordemos que hasta hace una semana y según los datos aportados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, 500.000 trabajadores autónomos han solicitado la prestación por cese de actividad económica aunque se desconoce aún cuantas de ellas han sido aprobadas y cuantas denegadas por el criterio de incompatibilidad anterior al dictado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

También se amplía la duración de la prestación extraordinaria por cese de actividad

La prorrogación del estado de alarma ha extendido la duración de la ayuda extraordinaria por cese de actividad hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma. Esto significa que el periodo de disfrute de la prestación puede durar más de un mes.

Puedes consultar esta y todas las informaciones sobre las medidas para autónomos y pymes aprobadas estos días en nuestro espacio específico del COVID-19. En este espacio específico puedes acceder también a numerosos recursos y dejar tu testimonio si lo deseas.

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….