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Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año podrían olvidarse de tener que declarar el IVA

Eliminar IVA autónomos
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Actualizado el 22 de marzo de 2023

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Las organizaciones de autónomos y Hacienda están negociando para poner en marcha un nuevo “régimen de franquicia del IVA” para autónomos.

El objetivo es eliminar la obligación de incluir el IVA en las facturas emitidas por aquellos trabajadores por cuenta propia que facturen menos de 85.000 euros al año (100.000 euros si se incluyen operaciones intracomunitarias).

Desde las organizaciones de autónomos estiman que podría aplicarse a más de un millón de autónomos que facturan por debajo de los 85.000 euros anuales.

Aunque este nuevo régimen del IVA franquiciado podría no ser interesante para todos.

Te contamos los detalles.

En qué consiste la propuesta

La negociación que están llevando a cabo las asociaciones de autónomos y Hacienda tiene como objetivo poner sobre la mesa un nuevo régimen fiscal que permitiría a miles de autónomos liberarse de pagar el IVA, evitando así la presentación de las autoliquidaciones trimestrales.

De este modo, todos aquellos autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año (100.000 euros si se incluyen operaciones intracomunitarias) sólo tendrían que presentar una declaración anual de sus ventas, demostrando así que cumplen los límites y que no están sujetos a este impuesto indirecto.

Por lo que se sabe hasta el momento, se trata de crear un “régimen de franquicia del IVA”, para lo que se está debatiendo sobre cómo y a quién se le va a aplicar.

No obstante, la decisión final sobre su aprobación y entrada en vigor estará en manos del Gobierno.

¿Qué beneficios proporciona a los autónomos?

Uno de los aspectos más importantes a la hora de acogerse a este nuevo “régimen de franquicia del IVA” es valorar si sería interesante o no para el autónomo. Esto va a depender en gran parte del tipo de actividad que realice.

Entre sus beneficios, destaca que los autónomos dejarían de tener que presentar las declaraciones trimestrales del impuesto. Eso sí, quedarían sujetos a una profusa declaración informativa anual sobre sus operaciones.

La idea es acabar con gran parte de la burocracia y los trámites que se realizan en la actualidad de forma trimestral, simplificando notablemente el proceso.

No obstante, las ventajas de esta opción van a depender del tipo de actividad del trabajador por cuenta propia.

En aquellos casos en que las cuotas de IVA soportado del autónomo no sean relevantes en el ejercicio de su actividad, le puede resultar interesante. Pero en caso contrario, lo más beneficioso podría ser acogerse al Régimen General.

Eliminación del régimen de módulos

La reforma fiscal que están abordando conjuntamente las asociaciones de autónomos y Hacienda ha puesto también sobre la mesa la posibilidad de eliminar el actual Régimen de Estimación Objetiva del IRPF (módulos).

El objetivo sería hacerlo de forma gradual y transitoria a lo largo de un periodo de tres años.

Esto afectaría a unos 355.000 autónomos que todavía se encuentran tributando en este régimen.

Se trata de trabajadores por cuenta propia de sectores como la hostelería, el comercio, el transporte, las peluquerías… y negocios por debajo de una facturación anual de 250.000 euros.

Eso sí, en principio, no se pretende suprimir la opción del régimen de módulos para las actividades agrícolas y ganaderas.

Plazos para la puesta en marcha

La intención del grupo de trabajo con el que autónomos y Hacienda están desarrollando esta propuesta es emitir un informe de recomendaciones para el mes de abril.

De este modo, sus conclusiones pasarían a ser analizadas por el Gobierno, que sería el encargado de su aprobación definitiva.

Según indicaron algunos representantes de este grupo, la idea sería comenzar a aplicar este nuevo régimen de franquicia del IVA a partir de enero de 2024.

No obstante, desde el Ministerio de Hacienda no han hablado todavía de plazos, señalando que la directiva comunitaria que incluye este régimen del IVA (ya existente en todos los países de la UE, salvo en España), no entrará en vigor hasta 2025.

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