Blog
Nueva ley de autónomos: deducción de gastos afectos
Cómo incrementar tus ventas con el bono Kit DigitalSer autónomo no es "cosa de niños"¿Tengo que presentar el modelo 130 si aplico IRPF en mis facturas?4 herramientas para autónomos y emprendedores con poco tiempo para reuniones "in situ"La crisis del COVID-19 marca el primer trimestre fiscal de 2020¿Cómo va a evolucionar mi negocio? Analiza tu sector gracias a las cuentas anuales de otras empresasTodo lo que debes saber si eres autónomo en 2020Plan PIVE 6: Todos los detalles para autónomos¿Qué va a pasar con la cuota de autónomos a partir del 1 de enero de 2025?Cómo elegir un buen programa de facturación para mi asesoríaLas claves de la Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo AutónomoCómo prolongar la tarifa plana de 50 euros a la Seguridad Social otros 6 mesesLas claves de la Ley de Startups: incentivos fiscales y atracción de talentoEl sector agrario "pasa" de intermediariosAtención a los peligros de usar las redes sociales en tu negocioLa Ley de Reformas Urgentes para autónomos se hace de rogarCreación de empresas: primer dato positivo desde el inicio de la crisisCómo está usando Hacienda la Inteligencia Artificial para detectar fraudesPagina en Facebook "Quien se ha llevado mi queso"¿A partir de cuándo será obligatoria la factura electrónica para los autónomos?La mitad de los autónomos de Murcia trabaja 10 horas o más al día10 pasos para cobrar a los Ayuntamientos6 pasos para encontrar al empleado perfecto5 motivos para crear un eCommerce¿Qué es el Principio de Pareto y por qué debes aplicarlo a tu empresa?Los grandes errores que un autónomo no debe de cometer

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Nueva ley de autónomos: deducción de gastos afectos

Resumen > ¿Cómo queda finalmente la deducción de gastos afectos a la actividad que llega con la reforma de autónomos? En este post te detallamos los requisitos y las cuantías para acogerte a este nueva medida fiscal.
Nueva Ley De Autónomos: Deducción De Gastos Afectos

Actualizado el 30 de octubre de 2017

2 minutos de lectura

Por

A partir del 1 de enero de 2018 aquellos autónomos que tengan su vivienda afecta a su actividad económica van a poder deducirse parte de los gastos, y decimos parte, porque esta especificación es importante. La nueva ley de autónomos, con el objetivo de clarificar las deducciones fiscales y aportarle seguridad jurídica, permite la deducción del 30% de los gastos sobre el porcentaje de vivienda afecta a la actividad.  Así lo recoge el artículo 30 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Un 30% sobre los metros cuadrados afectos: cuando menos no es más

Esta modificación sobre la deducción de gastos de la vivienda afectos a la actividad es probablemente, junto a la ampliación de la tarifa plana a un año,  una de las medidas más esperadas de esta reforma de autónomos. Sin embargo la realidad puede parecer decepcionante, ya que el el resultado de aplicar el 30% de deducción a la parte proporcional de la vivienda destinada a la actividad es prácticamente irrisorio.

Pongamos un ejemplo para entender el verdadero alcance de la medida.

Luis es un autónomo profesional que ejerce como psicólogo en el Gabinete habilitado en su casa de 115 metros cuadrados;  20 de esos 115 metros son para el desarrollo de actividad.

Al darse de alta en Hacienda con el modelo 036 Juan declaró un grado de afectación de la vivienda del 17% .Por tanto, conforme a la nueva ley, podrá aplicar el 30% a los 20 metros cuadrados declarados.

A Juan le llega una factura de 500 euros en electricidad. ¿Cuánto podrá deducirse aplicándole ese 30%? Este sería el cálculo:

500€ x 0,17= 85€ x 0,30,50€

Es importante indicar que esta deducibilidad no está sujeta a la propiedad de la vivienda sino a la titularidad de los suministros. En caso de querer beneficiarte de esta nueva deducción que, insistimos, entra en vigor el 1 de enero de 2018 y no tener la titularidad de los suministros a tu nombre será inviable esta deducción fiscal.

El criterio de Hacienda previo a la nueva deducción de gastos afectos

Aunque la cuantías deducibles finalmente serán más reducidas de lo que se esperaban la medida clarifica el complicado asunto de las deducciones. Hasta el momento el criterio de Hacienda para permitir la deducibilidad de los gastos en el IRPF era tan riguroso que casi siempre resultaba preferible, y sobre todo más seguro, evitar dichas deducciones.  Contadores de luz y agua independientes, dos líneas telefónicas, una para el trabajo y otra para uso personal… Si no cumplías con estas condiciones contabas con todas las papeletas para enfrentarte a una inspección de la Agencia Tributaria.

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….