Blog
Hacienda no permite deducir gastos a los autónomos que teletrabajan por la pandemia
Los autónomos deberán hacer las declaraciones de IVA e IRPF online a partir de 2014Cinco plataformas que debes conocer para conseguir trabajo onlineParo de los autónomos: sólo habrá que declarar un 10% de pérdidas para cobrarloMedidas para el autónomo en el acuerdo de gobierno¿En qué tendencias de marketing conviene invertir este año?5 herramientas geniales para trabajar en equipo y a distanciaQué es el criterio general de imputación tributariaCómo declarar una deducción anticipada en la Renta 20173 tecnologías imprescindibles para optimizar los transportes en tu negocio1+9 razones para emprender cuando arrecia la tormentaSorpresa para los autónomos con una SCP: 60 euros más en su cuota a la Seguridad SocialLas 20 propuestas de OPA para mejorar la situación de los autónomos10 maneras de conseguir que tu contenido se leaLa nueva propuesta del Gobierno: cuotas para autónomos de entre 184 y 1.267 euros en función de sus ingresosMontar una franquicia: claves y tendencias en 2015No habrá suspensión del pago de cuota pero sí prestación por cese de actividadSube la cuota del autónomo societario un 4% a partir del próximo eneroCuenta corriente tributaria para autónomos: qué es y cómo funcionaDoble cita con Hacienda: Renta 2017 y primer trimestre de 2018Te presentamos la nueva web de Infoautónomos con muchas novedadesNegocios multinivel: ¿oportunidad o estafa?¿Se amplía este viernes el permiso de paternidad de los autónomos?Utilidades para autonomos5 estrategias para no acabar peleando con tu socioLa fiscalidad de las facturas de Facebook Ads de un autónomoOpciones de financiación alternativa frente a la banca tradicional

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Hacienda no permite deducir gastos a los autónomos que teletrabajan por la pandemia

Actualizado el 24 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

Por Infoautónomos

La Dirección General de Tributos no permite a los autónomos que hayan realizado teletrabajo en su domicilio debido a la pandemia deducir sus gastos extra en suministros. Esto se debe a que lo consideran una circunstancia “ocasional y excepcional”. Y todo ello, a pesar de que la ley permite la deducción de parte de los gastos cuando la vivienda habitual se destina al desarrollo de la actividad profesional.

Así lo ha decidido Hacienda tras recibir una consulta vinculante de una trabajadora autónoma. En dicha consulta, proponía deducirse gastos de suministro como luz o Internet al tener que llevar a cabo la actividad en su vivienda. Generalmente la desarrollaba en un despacho, pero dejó de acudir a diario por la Covid-19. Es decir, pasó a realizar teletrabajo debido a la pandemia.

La ley y su aplicación al teletrabajo

Según la Dirección General de Tributos, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, determina que los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse los gastos de suministros de su vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Pero Hacienda ha establecido una excepción con la pandemia. Indican que el uso puntual de la vivienda habitual para el desarrollo de la actividad económica, ante la imposibilidad de acudir al despacho tras la declaración del estado de alarma, “no es deducible”.

En la respuesta emitida desde el organismo oficial, exponen que “de acuerdo con esta regulación, para que determinados suministros de la vivienda habitual del contribuyente puedan tener la consideración de gastos deducibles de una actividad económica desarrollada por él, es necesario que la vivienda habitual se encuentre parcialmente afecta a la actividad”. Algo que, aseguran, no se cumple en el caso expuesto por lo que “no se podrán deducir los gastos por suministros citados en la consulta”.

Por tanto, ya que la autónoma que ha realizado dicha consulta solo usa su vivienda como lugar de trabajo “por una circunstancia ocasional y excepcional” y no tiene una parte dedicada específicamente a su actividad, no podrá deducirse los gastos de suministro.

Resolución polémica y criticada por los autónomos

Con esta medida, Hacienda no permite aprovechar esta ventaja fiscal a muchos autónomos que habían decidido teletrabajar, convirtiendo su casa en su oficina durante los últimos meses debido a los riesgos derivados de la pandemia. Una resolución que ha sido duramente criticada por las principales asociaciones de autónomos, que ven muy negativa la decisión tomada.

Si necesitas ayuda con la gestión de tus gastos deducibles, no dudes en recurrir a nuestra asesoría online. Estamos a tu entera disposición para ayudarte con todo lo relacionado con la gestiones fiscales de la actividad económica de tu empresa.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

La ventana a la actualidad
para emprendedores, autónomos y pymes

Únete a nuestros más de 300.000 suscriptores que ya están al día de todas las novedades y ofertas gracias a nuestra Newsletter