Blog
Novedades sobre los nuevos permisos parentales
Las 20 propuestas de OPA para mejorar la situación de los autónomosEl plan de empresa y el modelo de negocio cara a cara¿A partir de qué límite está obligado un autónomo a hacer la Declaración de la Renta 2022?Gestión del tiempo: el método GTDInfoautónomos planta cara a la crisis con la ampliación de servicios integrales para autónomosCómo modificar la Renta 2017Lotería de Navidad: El número de los emprendedores y autónomosLos autónomos hablan en el Estudio Nacional del Autónomo (ENA)El calendario 2024 - 2025 previsto para la regularización de cuotas de los autónomosEl Gobierno da a conocer su propuesta de cotización por tramos para los autónomosCómo emprender con garantías: céntrate en tu negocio y olvídate del papeleo y la burocraciaCómo queda el paro de los autónomos tras la reforma de las cuotasCuentas anuales o cómo fijar tus objetivos de ventasEmprender después de los 40: 3 razones por las que no despegas4 imprescindibles de la atención comercial onlineCómo crear una línea editorial para el blog de tu negocio¿Qué aporta el Inbound Marketing a las PYMEs y autónomos?Autónomos TRADE: ¿más cerca de cobrar el paro?VAT number: qué es y cómo se solicitaEl perfil del autónomo en España [Infografía]Combatir la morosidad: las pymes crean un sello de "buen pagador"Atención al cliente offline-onlineFormación para autónomos: refuerza tu negocio frente al COVID-19La fecha de vencimiento en la factura del autónomoCursos gratuitos para autónomos en 2026: cómo mejorar tu negocio sin costeCómo llevar el control de gastos de tu empresa

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Novedades sobre los nuevos permisos parentales

Permisos Paternidad Novedades

Actualizado el 20 de marzo de 2026

1 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Si lo prefieres, puedes escuchar este post con las novedades sobre los nuevos permisos parentales pinchando aquí:

Desde el 30 de julio de 2025 está en vigor el Real Decreto-ley 9/2025, aprobado por el Consejo de Ministros el 29 de julio y publicado en el BOE, que amplía los permisos por nacimiento y cuidado del menor.

La principal novedad es que cada progenitor podrá disfrutar de hasta 19 semanas retribuidas:

  • 17 semanas por nacimiento, adopción o acogida (una más que antes).

  • 2 semanas adicionales para el cuidado del hijo o hija, que se pueden usar de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.

Estas semanas están cubiertas por la Seguridad Social, con una base reguladora del 100 %, es decir, se cobra según la base por la que se haya cotizado.

En el caso de las familias monoparentales, el permiso puede ampliarse hasta 32 semanas retribuidas, ya que se suma el tiempo que habría correspondido al segundo progenitor.

¿Cómo afecta a los autónomos?

Aunque el texto legal no menciona literalmente a los autónomos, se refiere de forma general a las "personas trabajadoras con derecho a prestación", sin excluir a quienes cotizan como autónomos en el RETA.

Además, el Gobierno ha confirmado públicamente que esta ampliación también se aplica a las personas autónomas, en igualdad de condiciones que al resto de trabajadores.

Así lo señalaron la vicepresidenta Yolanda Díaz y la portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría, tras el Consejo de Ministros del 29 de julio.

¿Tiene efectos retroactivos?

Sí. Aunque la norma entra en vigor el 30 de julio de 2025, sus efectos se aplican desde el 2 de agosto de 2024.

Esto significa que si tu hijo o hija nació o fue adoptado a partir de esa fecha, podrás solicitar estas semanas adicionales a partir del 1 de enero de 2026, sin necesidad de repetir todo el trámite.

¿Y si eres autónomo y tienes personas contratadas?

Si eres autónomo y además empleador, también te interesa saber cómo afecta esta ampliación si un trabajador o trabajadora de tu negocio solicita estas nuevas semanas de permiso.

  • No tendrás que pagar su sueldo durante ese tiempo, ya que la prestación corre a cargo de la Seguridad Social.

  • Solo deberás seguir abonando la parte habitual de las cotizaciones a la Seguridad Social que te corresponde como empleador, igual que en otras bajas.

El impacto económico directo para ti como empleador es muy limitado, y existen fórmulas para cubrir el puesto sin aumentar tus costes.

Y si eres trabajador o trabajadora autónoma, puedes acceder a las mismas semanas retribuidas de permiso que el resto de trabajadores.

Logo perfil Infoautónomos

Infoautónomos

S.L.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576