Los nuevos autónomos de Extremadura tienen a su disposición la Tarifa Cero, una ayuda que les permitirá iniciar con ventajas su andadura profesional como trabajadores por cuenta propia.
Esta Tarifa Cero se puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Se trata de unas ayudas muy interesantes, ya que van de los 960 a los 1.920 euros en función del colectivo al que se dirijan.
Vamos a explicarte todos los detalles.
Quiero darme de alta como autónomo
Qué es la Tarifa Cero para nuevos autónomos de Extremadura
La Tarifa Cero para nuevos autónomos de Extremadura pretende sufragar el coste de la cuota de la Seguridad Social o de la mutualidad alternativa de las personas desempleadas que se incorporen al RETA o en la mutualidad alternativa en Extremadura.
Los requisitos para solicitar la Tarifa Cero en Extremadura
Los nuevos autónomos extremeños que quieran ser beneficiarios de la Tarifa Cero tendrán que cumplir estos requisitos:
- Tener cumplidos dieciocho años de edad.
- Figurar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en los Servicios Públicos de Empleo, sin ocupación efectiva según el Informe de vida laboral, y mantenerse en esta situación hasta el momento del alta.
- Desarrollar su actividad económica en Extremadura desde la fecha de alta. Se considera que la actividad se desarrolla en Extremadura cuando el domicilio de la actividad o algún centro de trabajo esté situado en la Comunidad Autónoma. Si la actividad no tiene establecimiento físico, se tendrá en cuenta el domicilio fiscal.
- No estar incursas en ninguna de las circunstancias del artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y frente a la Seguridad Social. Para este programa es suficiente la declaración responsable incluida en la solicitud.
Beneficiarios y cuantía de la Tarifa Cero extremeña
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:
- Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, formando parte como persona socia y se den de alta en RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente.
- Personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajadoras por cuenta propia a título individual, siempre que deban quedar encuadradas en el RETA.
- Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a las que se refiere el capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
- Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación a un Colegio Profesional, cuyo colectivo se haya integrado en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente.
La cuantía de las ayudas es:
1.920 euros para:
- Mujeres desempleadas que se incorporen al RETA o a la mutualidad alternativa en el plazo de un año desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
- Personas desempleadas menores de 36 años que se incorporen al RETA o a la mutualidad alternativa.
960 euros para el resto de personas desempleadas que se incorporen al RETA o a la mutualidad alternativa.
Plazo para solicitar la Tarifa Cero en Extremadura
El plazo para solicitar la Tarifa Cero en Extremadura arrancó el pasado 10 de octubre de 2026 y permanecerá abierta hasta el próximo 11 de octubre de 2027.
Puedes acceder a toda la información sobre la Tarifa Cero de Extremadura desde este enlace.

