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Cooperativas de trabajo asociado: una solución eficaz para freelancers
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Cooperativas de trabajo asociado: una solución eficaz para freelancers

Resumen > Facturar sin ser autónomo es posible. La cooperativas de trabajo asociado son una solución muy requerida por aquellos trabajadores a los que no les compensar darse de alta en autónomo. ¿Quieres saber cómo funcionan? Te lo contamos
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Actualizado el 29 de noviembre de 2016

2 minutos de lectura

Por Marina

Empezar una carrera profesional como emprendedor o autónomo requiere afrontar una serie de gastos que cuando aún no se cuenta con volumen de trabajo e ingresos contundente pueden resultar costoso. Tampoco les compensa a los trabajadores en situación de pluriactividad, es decir, los que cuenta con un salario mensual pero realizan esporádicamente servicios por cuenta propia que deben facturar. ¿La solución? Las cooperativas de trabajo asociado.

Facturar por cooperativas de trabajo asociado no requiere darse de alta en autónomos ni hacer frente a la, en ocasiones alta carga fiscal de algunos  trabajadores independientes. Por este y otros motivos que a continuación te detallamos resulta una  de las formas de asociación más habituales entre aquellos que realizan actividades temporales y no alcanzan con ellas el SMI establecido en 655,30 euros.

1. Por qué facturar a través de cooperativas de trabajo asociado

Si te estás planteando trabajar a través de cooperativas de trabajo asociado pero te preguntas por qué deberías inclinarte por ellas.  Elegir asociarte con una cooperativa y facturar sin ser autónomo tiene unas ventajas que a continuación te detallamos:

Ser tu propio jefe sin que te salga caro: Aunque teórica y administrativamente no te hayas constituido como trabajador independiente en el RETA en la práctica tú eres tu propio jefe. La cooperativa no interfiere de ninguna manera en tu actividad y además te aligera los gastos derivados. Por tanto, obtendrás mayor liquidez.

Cotización y derechos sociales: Las cooperativas de trabajo asociado, también llamadas de impulso empresarial, te ofrecen la  posibilidad de cotizar en Régimen General de la Seguridad Social por los días trabajados. Esto significa que aquellos socios de la cooperativa tendrán asegurados derechos sociales como el desempleo, la jubilación o la sanidad pública.

Menos carga fiscal: Unas de las ventajas más atractivas de asociarte con una cooperativa para facturar es que como trabajador de la misma no serás tú quien realice la declaración trimestral de IVA sino que compete a la empresa cooperativa. Por tanto, te ahorras realizar declaraciones trimestrales, hacer libros de registro, etc, que son trámites obligatorios para los autónomos. 

Sin excesiva burocracia: Recurrir a esta fórmula de tercero para facturar es también simplificar trámites burocráticos. La  propia cooperativa se encarga de emitir recibos, cobrarlos y declarar fiscalmente. 

2. Funcionamiento y gastos derivados de la cooperativa de trabajo asociado

¿Has estado realizando cálculos hasta concluir que lo más conveniente es asociarte a cooperativas de trabajo asociado para facturar?  Si así lo decides debes saber que tu condición de trabajador no independiente y socio conlleva un pago inicial asequible que te será devuelto en el momento en que abandones la sociedad.  

A partir de ese momento y, teniendo en cuenta que es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social durante la prestación de servicios, la cooperativa se encargará de emitir las facturas correspondiente en su nombre y no en el tuyo. Tras la operación, que lleva asociados unos gastos de gestión, la cooperativa cobrará el importe para luego ingresártelo restando las comisiones correspondientes.

Por tanto y dirigiéndonos hacia lo que te importa nos preguntamos, ¿cuáles son los gastos concretos derivados de facturar mediante cooperativa de trabajo asociado?:

  • Cuota de socio
  • Costes de la Seguridad Social por los días que hasta estado trabajando o prestando tu servicio
  • Porcentaje fijo del 2% de IRPF, lo establecido para ingresos bajos.
  • Porcentaje a cuenta por el Impuesto de Sociedades de un 10%
  • Gastos de gestión variables en el mes facturado

¿Te hemos convencido?

Marina

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