Blog
Sólo 9 de cada 1.000 autónomos pide la baja laboral
Trabajar en casa: desmontando el mito. Pros y contras para empresa y trabajador¿El inicio de un régimen sancionador contra la morosidad?Infoautónomos participa en el Foro de Transferencia para el Trabajo Digno de Cruz RojaUna de las claves en tu productividad es ... tu energíaLa Administración ahoga a los autónomos7 razones para tener una cuenta para autónomosSupuestos en los que pagarás una cuota reducida de autónomosCómo y cuándo acogerte a la reducción del 20% en el IRPF por inicio de actividadNingún autónomo sin WebSi no aciertas 7 en este test del autónomo, tienes un problemaConsenso entre UPTA y ATA para un sistema de cotización por ingresosAsí puedes amortizar un préstamoLos impuestos del AutónomoCómo deducir el gasto del teléfono de un autónomoLa timidez de los emprendedoresEmpleo estudia rebajar la cuota de autónomos a los estudiantes para fomentar el autoempleoEl 28 % de los autónomos de Galicia reconoce no tener vacacionesNuevas medidas de apoyo a los autónomosQueridos Reyes Magos, soy autónomo y para este 2022 os pido...El criterio de habitualidad a revisión en la reforma del RETAEpígrafe IAE para diseño gráfico7 claves para conseguir una hipoteca siendo autónomoLos peligros de guardar tu dinero en efectivo si eres autónomoLecciones que hemos aprendido en 2020El uso particular del teléfono de empresa:consecuenciasEDASE ofrece 100 becas ante la necesidad de contratación de asesores de empresa en España

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Sólo 9 de cada 1.000 autónomos pide la baja laboral

9 De Cada 1.000 Autónomos

Actualizado el 28 de octubre de 2025

3 minutos de lectura

Por Mónica

Si lo prefieres puedes escuchar este artículo sobre la baja laboral de los autónomos aquí:

Los autónomos se ponen enfermos la mitad que los asalariados. Eso sí, la baja del trabajador por cuenta propia es tres veces superior a la del trabajador por cuenta ajena.

La conclusión que podemos sacar a simple vista es que el autónomo solo solicita la incapacidad temporal cuando la enfermedad requiere cesar completamente su actividad y sabe que va a estar enfermo por tiempo duradero, no por un simple resfriado.

Son datos que se desprenden de un informe publicado por la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) que asegura que solo 9 de cada 1.000 autónomos se da de baja por enfermedad, o incapacidad temporal (IT) cada mes.

En el caso de los asalariados, hablamos de 22 cada 1.000. Por tanto, más del doble.

Mientras que el trabajador por cuenta propia está de baja por enfermedad una media de 92 días, el asalariado lo está de media 39 días.

De los más de 3.200.000 de autónomos que hay en España, tan solo algo más de 350.000 se acogieron a una baja temporal en el año 2017.

Y ¡ojo! porque los autónomos cotizan anualmente 1.090 millones de euros por contingencias comunes y gastan por incapacidad temporal 719 millones, dejando un superávit al Estado de 371 millones de euros.

Baja laboral de los autónomos

En principio, todos los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a percibir una ayuda si es que padecen una enfermedad.

En el caso de estar ante una baja por una enfermedad común o un accidente fuera del horario del trabajo (contingencia común), se puede pedir a partir del cuarto día desde que se acude al médico.

Y si la baja se produce consecuencia de una enfermedad o accidente laboral (contingencia profesional), desde el día siguiente al que se produce.

El límite temporal se establece en un año, aunque bien es cierto que se puede prorrogar seis meses más siempre que el médico así lo estipule en previsión de que en ese tiempo, se prevea la curación del autónomo.

Para saber cuánto cobrarás, tienes que tomar de referencia la base de cotización que tenías en el mes anterior al que se produce la baja y aplicarle este porcentaje:

  • En caso de estar ante una enfermedad provocada por contingencia común: entre el 60 y el 70% entre el cuarto y el décimo día de baja. A partir del día 21, tienes que aplicar a la base un 75%.
  • En caso de estar ante una enfermedad provocada por contingencia profesional: aplicarás el 75% a la base reguladora desde el día siguiente. Pero ¡ojo! porque para poder cobrar esta ayuda tienes que estar cotizando además de por contingencias comunes, por contingencias profesionales.

Cómo tramitar la baja laboral de los autónomos en 4 pasos

  1. Obtén el parte médico que confirme y justifique tu “baja laboral”.

Tiene que expedírtelo el Servicio Público de Salud o la Mutua en la que estés pagando la cuota correspondiente.

  1. Solicita el cobro de la IT mediante documento oficial.

Son requisitos imprescindibles: estar afiliado, dado de alta (y al corriente de pago de tus cuotas) y haber cubierto un periodo de cotización de 180 días.

  1. Rellena el documento pertinente ante la Seguridad Social.

Allí tendrás que indicar en qué situación queda tu actividad mientras estás de “baja”: si has buscado un sustituto, si cesas de manera temporal o lo haces de manera definitiva.

  1. Acude a una de las oficinas de la Seguridad Social o la Mutua para dejarlo todo presentado.

En caso de que tu enfermedad no te permita acudir personalmente, puedes autorizar a otra persona para que haga este trámite por ti aportando una fotocopia compulsada de tu DNI.

Petición de bonificar la cuota por la baja laboral de los autónomos

Ante los datos antes señalados y la cruda realidad que viven los autónomos, las organizaciones de autónomos (UPTA y ATA) han solicitado al Gobierno de Sánchez, entre otras medidas, bonificar la cuota cuando se esté en periodo de incapacidad temporal.

Según informaba UPTA hace unos meses, el autónomo queda en una situación realmente precaria si se pone enfermo y recurre a la baja.

Y es que, si se cotiza por la base mínima, como hace el 80% de los autónomos, se percibirían unos 550€ al mes durante la incapacidad temporal. Y si a esa cantidad hay que descontarles los 278€ de la cuota, hablamos de que el autónomo tiene que vivir con apenas 280€.

Esta sería una muy buena opción para alivianar este periodo de baja que afecta, y mucho, a los autónomos.

Aunque se trata de una medida aún está pendiente de aprobación. No dudes que te informaremos al respecto en cuanto que haya movimientos.

Mientras, piensa que, aunque no podamos minimizar esos tiempos, en Infoautónomos sí que podemos ayudarte con una buena gestión fiscal y contable de tu negocio algo que te hará ahorrar tiempo y, también, dinero.

Mónica

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576