Blog
Compatibiliza el cobro del paro con tu trabajo como autónomo
Las promesas realizadas tras la reunión entre Gobierno y autónomosLas cuentas anuales de un autónomoPasos para tramitar tu Incapacidad Temporal (IT)La reforma de autónomos a debate: los usuarios opinan¡Ya tenemos Emprendedora del Mes de Mayo! Ella es Raquel Muñoz de ElPsicólogoOnline5 errores por los que tu pequeño comercio no vendeEpígrafe IAE para diseño gráfico¿Tu fecha de alta en Seguridad Social es posterior al alta en Hacienda? ERRORCuota de autónomos 2014: ¿debe subir la base mínima un 2%?Pymes y autónomos ya pueden solicitar su informe financieroMBA, curso o webinar: ¿cuál elegir para mejorar tu formación como autónomo?Traspaso y cesión con o sin IVAFiscalidad de los creadores de contenido digital: influencers, instagramers y youtubers¿Se puede cobrar la pensión y trabajar como autónomo a la vez?Cómo presentarte a una licitación pública si eres autónomoPlantea tu estrategia con la información comercial de empresasEl Gobierno anuncia la subida del impuesto de sociedades: ¿mayor desembolso para la pyme?¿Preparado para una Inspección de Prevención de Riesgos Laborales?Requisitos para el paro del autónomoDescubre la mejor alternativa a los contratos indefinidos¿Cómo presento mi Declaración de la Renta: individual o conjunta?Novedades en los libros contables del autónomo 2020Cómo conseguir un ordenador HP gratis con el Kit Digital¿Cuánto pagamos los autónomos españoles con respecto a los europeos?¿Es obligatorio declarar el IVA trimestral de una actividad sin ingresos?¿Puedo contratar a un hijo menor de 30 como asalariado?

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Compatibiliza el cobro del paro con tu trabajo como autónomo

Resumen > En este post explicamos las medidas a las que pueden acogerse los nuevos trabajadores por cuenta propia para percibir su prestación por desempleo

Actualizado el 6 de febrero de 2025

2 minutos de lectura

Por Nuria

¿Se puede cobrar el paro y ser autónomo al mismo tiempo? Aunque muchos de vosotros estaréis convencidos de que no es posible, la respuesta es afirmativa. Aunque tradicionalmente esta situación era incompatible, en la actualidad se permite hacerlo en algunos casos.

Si estáis pensando en comenzar una actividad por cuenta propia, prestad atención a estas dos medidas que os ayudarán a financiar vuestra empresa con el paro o a contar con un pequeño colchón económico cada mes.

1. Compatibilizar la prestación por desempleo y el alta como autónomo

Desde 2013, los menores de 30 años tienen la posibilidad de compatibilizar el inicio de una actividad por cuenta propia con el cobro del paro durante 270 días (9 meses). El pago se realiza mensualmente y exime de algunas obligaciones con las que cuentan las personas desempleadas. Por ejemplo, no hay que renovar la demanda (sellar el paro) ni, obviamente, buscar empleo de forma activa.

Los requisitos para acogerse a la medida son que el autónomo no tenga trabajadores a su cargo y que haga una solicitud en su oficina del paro en un periodo de 15 días a contar desde la fecha de inicio del alta como autónomo.

Hay que tener en cuenta que, a pesar de que esta no es una nueva iniciativa, sigue siendo desconocida para muchos, por lo que es posible que apenas se ofrezca información sobre ella. No obstante, el proceso es muy sencillo: simplemente hay que completar este formulario y llevarlo a la oficina correspondiente en el plazo indicado.

Además, el pasado 25 de agosto se aprobó la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo, que amplía esta ayuda a todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad.

2. Capitalizar la prestación del desempleo

Esta es la medida más conocida para cobrar el paro a la hora de emprender. A diferencia de la anterior, todo el importe se abona en un único pago con el objetivo de disponer de financiación a la hora de montar la nueva empresa.

Se trata, por un tanto, de una buena alternativa solo cuando la actividad que vayas a iniciar requiera inversión, ya que es necesario justificar los gastos, algo que no ocurre si solicitas la compatibilidad.

Hay que señalar también que hasta ahora solo los hombres menores de 30 años y la mujeres menores de 35 podían percibir el 100% de la prestación para dedicarla a la inversión inicial. El resto de los emprendedores que quisieran ser autónomos recibían, como máximo el 60% de lo que le corresponde por paro.

Sin embargo, con la nueva Ley de Fomento del Trabajo Autónomo la capitalización se amplía al 100% para todos los que quieran montar su propia empresa, sin importar cuál sea su edad.

En cualquier caso, las ayudas que ofrece este tipo de medida varían en función del tipo de actividad, tal y como puedes comprobar aquí.

El proceso para solicitar esta medida y justificar los gastos posteriormente es más complejo que en el caso de la compatibilidad. De ahí, que lo más recomendable sea que leas la documentación que proporciona el SEPE sobre la capitalización de la prestación. Puedes hacer la petición por internet, por correo administrativo o en cualquier oficina de registro público, aunque lo más aconsejable es que te acerques a tu oficina de empleo para obtener información de primera mano.

Nuria

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576