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Cuándo, cómo y dónde pagar la declaración de la Renta 2019
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Cuándo, cómo y dónde pagar la declaración de la Renta 2019

Resumen > Si el resultado de tu IRPF anual es positivo,¿cómo pagar la declaración de la Renta 2019? Conoce las fechas y las opciones que establece Hacienda.
Pagar La Declaración De La Renta 2019

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

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Continuamos en plena campaña de la Renta 2019. Hasta el próximo 30 de junio el trabajador autónomo se enfrenta a dos posibles resultados: a ingresar o a devolver. Qué duda cabe que el primero de ellos no es plato de buen gusto. Un resulto positivo implica pagar a Hacienda el importe de la declaración. Pero la Administración Tributaria pone facilidades en tiempo y forma para hacer frente a esta obligación. ¿Cuándo y cómo pagar la declaración de la Renta 2019? Te lo contamos.

Pagar la Renta 2019 en una parte o en dos: el fraccionamiento de la deuda

La declaración de la Renta es probablemente el único impuesto que el contribuyente puede pagar en dos partes sin aplicar intereses o recargos.

Pagar la declaración de la Renta 2019 de una sola vez

El pago único del importe resultante de la declaración del IRPF se puede realizar en efectivo mediante cargo en cuenta o domiciliación bancaria en las entidades colaboradoras, esto es, la mayor parte de bancos, cajas de ahorros y cooperativas.

La domiciliación del pago se tiene que efectuar entre el 1 de abril de 2020, fecha de inicio de presentación de la declaración de la Renta 2019, y el 25 de junio de 2020. Es importante decir que aunque la domiciliación se realice en esta fecha límite, no será hasta el 30 de junio cuando el banco proceda a carga el importe domiciliado y a remitir posteriormente el justificante de ingreso.

La domiciliación del pago de la Renta pueden solicitarla tanto el responsable de la presentación de la declaración, es decir, el propio contribuyente o los asesores fiscales autorizados a la presentación electrónica en nombre de terceros.

Según indica la propia Hacienda, la domiciliación bancaria del pago de la Renta 2019 es la fórmula permitida para los contribuyentes que efectúen la presentación electrónica de la declaración del IRPF o a través de los servicios de ayuda prestados en las oficinas de Hacienda, en las oficinas de las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía con sistemas de transmisión electrónicos.

También podrán domiciliar el pago los contribuyentes que confirmen el borrador de la Renta 2019 por Internet o por teléfono o en las oficinas anteriormente citadas, aunque como venimos insistiendo en Infoautónomos, la confirmación del borrador de la declaración del autónomo no es recomendable. En este artículo sobre los datos fiscales de la Renta 2019 te explicamos por qué.

Pagar la declaración de la Renta 2019 en dos partes

Hacienda permite hacer frente al importe positivo de la declaración de la Renta 2019 en dos pagos fraccionados; uno se realizará en el mismo momento de la presentación de la Renta y supondrá el abono del 60% del importe y el segundo abonará el 40% restante. Este fraccionamiento solo será aplicables si la Renta se presenta en plazo y no se trata de una declaración complementaria.

Además, en el caso de los contribuyentes que confirmen y presenten el borrador de declaración a través de la aplicación para dispositivos móviles, el pago del importe de la deuda tributaria resultante deberá realizarse necesariamente en dos plazos mediante domiciliación bancaria de ambos plazos.

La domiciliación podrá efectuarse desde el día 1 de abril hasta el día 25 de junio de 2020, ambos inclusive, salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso se podrá efectuar la domiciliación el 30 de junio de 2020 inclusive.

Son numerosas las fórmulas para realizar el pago de la Renta 2019 en dos partes. Veamos cómo influye en el procedimiento y en sus tiempos el hecho de domiciliar los pagos o no.

Primer pago de la Renta 2019 sin domiciliación bancaria

En este supuesto el primer pago correspondiente al 60% de la deuda se realiza en el momento de la presentación de la Renta.  Después, se puede domiciliar el segundo pago, en la entidad de crédito en la que se ha realizado el ingreso del primer plazo. Si por contra, no se opta por domiciliar el segundo pago habrá que ingresarlo por vía electrónica o directamente en cualquier oficina bancaria.

El segundo plazo de pago del 40% restante del importe que se debe ingresar a Hacienda hay que presentarlo antes del 5 de noviembre de 2020, inclusive. Si solo este segundo pago se domicilió en cuenta, el banco procederá al cobro en la cuenta indicada haciendo llegar al contribuyente el justificante de pago.

En caso de que tampoco el segundo pago se haya domiciliado, el contribuyente habrá de realizar el ingreso hasta el 5 de noviembre de forma presencial en las entidades bancarias o por medios electrónicos previa descarga del modelo 102 de ingreso en la Sede Electrónica de Hacienda o en cualquier Delegación o Administración Tributaria.

Primer pago de la Renta 2019 con domiciliación bancaria

En este supuesto, Hacienda procederá al cobro del importe del primer plazo el 30 de junio de 2020. El ingreso correspondiente al segundo plazo deberá efectuarse en cualquiera de las entidades colaboradoras, directamente o por vía electrónica, mediante el documento de ingreso, modelo 102, antes del 5 de noviembre de 2020.

De cualquier forma, Hacienda permite al contribuyente realizar la domiciliación del segundo plazo hasta el 22 de septiembre de 2020 siempre que se haya realizado la domiciliación del primer plazo.

Primer y segundo pago de la Renta 2019 con domiciliación bancaria

Esta fórmula es sencilla y recoge algunos de los procedimientos anteriores. En este supuesto el banco o entidad colaboradora seleccionada realizará el cargo a cuenta del primer pago el día 30 de junio emitiendo el justificante de ingreso. El segundo cobro llegará del mismo banco el día 5 de noviembre. Es fundamental que las domiciliaciones de ambos pagos se realicen en la misma entidad bancaria.

Entender todos y cada uno de los aspectos de la Renta 2019 , incluido su pago, no es tarea sencilla. Pero menos aún es aplicarlos. Conscientes de ello en Infoautónomos ponemos a disposición de los contribuyentes autónomos el servicio de elaboración y presentación de la Renta 2019. ¿Estás entre esos autónomos que quieren dedicar su tiempo a relanzar su ventas y confiar la gestión fiscal a expertos? Contacta con la asesoría online de Infoautónomos para que presentemos tu Renta en tu nombre.

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