Blog
Modelo 111, ¿lo puedo presentar con retraso?
Las empresas españolas en busca de la eficiencia energéticaCómo iluminar una oficina: Tus ojos (y tu dolor de cabeza) te lo agradeceránIVA de caja: ¿Ganar liquidez o perder un cliente?Se acabó defraudar a la Seguridad Social: Trabajar en negro y cobrar el paro se sancionará con pena de cárcelSi eres autónomo debes tener presencia en Internet por estas razonesLa filosofía de la innovación: intraemprendimiento5 razones por las que los informes comerciales de empresas facilitan la toma de decisionesEl 100 % de los autónomos de Canarias percibe su prestación de jubilación como insuficiente y un 25 % no puede tomarse ningún día de vacacionesIngresos pasivos para autónomos: qué son y cómo los debes declararFinanciación para Startups: los mejores inversores estarán en Smart MoneyEmpleo estudia rebajar la cuota de autónomos a los estudiantes para fomentar el autoempleoEsto es lo que la estrategia del océano azul puede hacer por tu negocioReforma laboral 2014: claves para pymes y autónomosLas novedades de la Ley de Startups para los emprendedoresTodo lo que necesitas saber para crear un buen libro blanco¿Son necesarios los modelos 130 y 111 del IRPF?Las propuestas de los partidos políticos para seducir a los autónomosCómo elegir un vehículo para mi negocio8M: el importante papel de las trabajadoras autónomas para impulsar el autoempleo femeninoLas cuentas anuales de un autónomoPRL para autónomos: ¿Cómo acceder a una herramienta pública gratuita?Estrategias de marketing para vender más en Navidad¿Cuáles son los principales tipos de emprendedores que existen?¿Quieres ser un disruptor? Empieza por seleccionar a tus clientesAutónomos en peligro de extinciónCuenta de resultados previsional en el plan de negocio

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

Modelo 111, ¿lo puedo presentar con retraso?

Modelo 111 retraso

Actualizado el 23 de enero de 2024

1 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Una pregunta que nos llega muy a menudo es:

“Me olvidé de presentar el modelo 111 del primer trimestre. ¿Puedo presentarlo aunque esté fuera de plazo?” 

Si por alguna razón te has retrasado en la presentación del modelo 111, es fundamental tomar medidas cuanto antes para regularizar la situación. 

De hecho, la Agencia Tributaria establece recargos en función de la demora, y estos aumentan cuanto mayor sea el retraso.

Recuerda que el plazo para presentar el modelo 111 es trimestral y finaliza el día 20 del mes siguiente al trimestre que corresponda. 

Por ejemplo, para el primer trimestre del año (enero a marzo), el plazo para presentar el modelo 111 finaliza el 20 de abril. 

Para el segundo, tercer y cuarto trimestre, los plazos son el 20 de julio, el 20 de octubre y el 20 de enero del año siguiente, respectivamente.

Qué ocurre si presento el modelo 111 con retraso

Cuando eres tú quien se da cuenta del error, sin recibir una notificación de Hacienda, se te sumará un recargo a la cantidad que ingreses.

Tras la reforma llevada a cabo por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, el sistema de recargos queda establecido de la siguiente manera en la Ley General Tributaria: 

  • Si la presentación se realiza dentro de los 12 meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación e ingreso: recargo del 1 %, más otro 1 % adicional por cada mes completo de retraso, sin intereses de demora ni sanción.

  • Si la presentación se realiza una vez transcurridos esos 12 meses: recargo del 15 %, sin sanción pero con intereses de demora. Se exigirán los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado.

Y el importe de estos recargos se podrá reducir en un 25 % siempre que se den los casos y requisitos previstos en el artículo 27.5 de la Ley General Tributaria.

Logo perfil Infoautónomos

Infoautónomos

S.L.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576