El plazo para que los trabajadores autónomos de las Islas Baleares puedan solicitar la cuota cero se encuentra abierto hasta el 10 de junio de 2026.
Se trata de una iniciativa destinada a compensar los gastos de cotización de las personas que inicien una actividad como trabajadoras autónomas en Islas Baleares.
La medida permite cubrir hasta tres años de cuotas a la Seguridad Social para favorecer el emprendimiento y la consolidación de nuevos proyectos empresariales.
Con esta medida se busca aliviar la carga económica de quienes deciden iniciar o mantener su propio negocio.
Te contamos los detalles.
¿En qué consiste la cuota cero para autónomos de Baleares?
La cuota cero para autónomos de Baleares permite subvencionar las cuotas a la Seguridad Social devengadas entre el 1 de marzo de 2024 y el 30 de abril de 2026.
Las principales características de esta ayuda son:
- Financiación del 100 % de la cuota reducida durante los primeros doce meses desde el alta inicial en el RETA.
- Financiación del 100 % de la cuota reducida entre los meses 13 y 24, siempre que los rendimientos netos anuales de la persona solicitante sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
- Financiación del 50 % de las cuotas correspondientes al tercer año de cotización, entre los meses 25 y 36, con un máximo de 175 euros mensuales.
En el caso de las cuotas correspondientes al primer y segundo año de cotización, la ayuda cubrirá hasta un máximo equivalente a la cuota reducida estatal vigente en cada ejercicio.
Para las cuotas correspondientes a 2024 y 2025, este importe será de hasta 80 euros mensuales.
El plazo de presentación de solicitudes se inició el 10 de mayo y finaliza el 10 de junio de 2026.
Las ayudas se concederán por riguroso orden de entrada de las solicitudes completas hasta agotar el presupuesto.
¿Quién se puede beneficiar de la cuota cero en Baleares?
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
- Las personas físicas residentes en Baleares que hayan iniciado una actividad por cuenta propia y estén dadas de alta de manera ininterrumpida en el RETA, o en una mutualidad profesional alternativa, hasta la fecha de presentación de la solicitud.
- Las personas que no hubieran estado dadas de alta como autónomas en los dos años inmediatamente anteriores al inicio de la actividad.
- Las personas trabajadoras autónomas del mar incluidas en el grupo primero de cotización y las personas profesionales colegiadas que cotizan mediante mutualidades alternativas al RETA, siempre que residan y desarrollen su actividad económica en Baleares.
La convocatoria se enmarca en las políticas de apoyo al trabajo autónomo impulsadas por el Gobierno de Islas Baleares con el objetivo de facilitar el inicio y la consolidación de nuevos proyectos empresariales, favorecer el emprendimiento y contribuir al mantenimiento de la actividad económica y el empleo en el territorio.

