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¿Cuál es la normativa sobre traspaso de negocios?

Normativa traspaso negocios

Actualizado el 30 de junio de 2026

4 minutos de lectura

Por Infoautónomos

El traspaso de un negocio no consiste solo en pactar un precio y entregar las llaves.

Porque también conlleva revisar el contrato del local, los impuestos, las licencias, los trabajadores y las obligaciones pendientes.

Y como son muchas las cosas a considerar, te vamos a explicar qué normativa debes tener en cuenta y lo que te puede pasar si no haces el traspaso correctamente.

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La normativa que afecta a un traspaso de negocio

No existe una única “ley del traspaso de negocios”.

La normativa aplicable depende de lo que se transmita: el local, la actividad, los trabajadores, los bienes, la clientela, la marca o las licencias.

En primer lugar, si tu negocio funciona en un local alquilado, tienes que revisar la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y, sobre todo, el contrato firmado con el propietario.

La propia LAU establece que los arrendamientos para uso distinto de vivienda se rigen primero por lo pactado entre las partes y, en defecto de pacto, por la ley.

Como regla general, cuando en el local se ejerce una actividad empresarial o profesional, el arrendatario puede ceder el contrato o subarrendar el local sin necesidad de consentimiento del arrendador.

Eso sí, debe notificarlo de forma fehaciente en el plazo de un mes.

Además, el propietario puede aplicar una subida del 20 % de la renta si hay cesión del contrato o subarriendo total, y del 10 % si el subarriendo es parcial.

Y si se transmite una unidad económica capaz de seguir funcionando por sí misma, entra en juego la normativa laboral sobre sucesión de empresa, regulada en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

También hay que revisar las ordenanzas municipales, porque la licencia de actividad depende del ayuntamiento correspondiente.

En muchos casos hay que comunicar el cambio de titularidad o solicitar una nueva autorización.

¿Qué puede ocurrir ante el incumplimiento de la normativa?

Saltarse los pasos puede salir bastante caro.

Si no se respeta lo pactado en el contrato de alquiler o no se comunica correctamente la cesión, el arrendador puede iniciar acciones para resolver el contrato.

La LAU permite al propietario resolverlo si la cesión o el subarriendo del local incumple lo previsto en el artículo 32.

En el plano fiscal, declarar mal la operación puede provocar liquidaciones, intereses y sanciones.

La Ley General Tributaria considera infracción dejar de ingresar dentro de plazo la deuda tributaria que debería resultar de una autoliquidación correcta. La sanción puede variar según la gravedad del caso.

Y en materia laboral, si hay trabajadores y existe sucesión de empresa, no puedes ignorar sus derechos.

El nuevo empresario se subroga en las obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior.

Además, cedente y cesionario responden solidariamente durante tres años de las obligaciones laborales anteriores a la transmisión que no se hubieran satisfecho.

Documentación y aspectos fiscales en el traspaso de un negocio

Antes de firmar, es conveniente que preparares bien toda la documentación.

Como mínimo, deberías revisar:

  • Contrato de traspaso o cesión.

  • Inventario de bienes transmitidos.

  • Contrato de arrendamiento del local.

  • Comunicación fehaciente al propietario.

  • Licencia de actividad y situación municipal.

  • Deudas con proveedores, Hacienda o Seguridad Social.

  • Contratos laborales, nóminas y antigüedad de los trabajadores.

  • Existencias, maquinaria, mobiliario, marca, dominio web o cartera de clientes.

En cuanto al IVA, la Agencia Tributaria distingue dos situaciones.

Si se transmite todo el negocio como una unidad económica autónoma, la operación no está sujeta a IVA.

Esto ocurre, por ejemplo, si se transmite el conjunto necesario para continuar la actividad: mobiliario, existencias, clientela, personal...

Pero si no se transmite una unidad económica completa, el traspaso se considera una prestación de servicios sujeta al 21 % de IVA.

En IRPF, si quien transmite es un autónomo persona física, la venta de elementos afectos al negocio puede generar una ganancia o pérdida patrimonial.

La Agencia Tributaria recuerda que la transmisión de elementos patrimoniales afectos del inmovilizado material o intangible origina ganancias o pérdidas patrimoniales, no rendimientos de la actividad.

Además, en los traspasos, la ganancia patrimonial se computa en el cedente por el importe que le corresponda, descontando la parte que corresponda al propietario del local.

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Qué pasa con los trabajadores en un traspaso de negocio

Si el traspaso supone la transmisión de una empresa, centro de trabajo o unidad productiva que mantiene su identidad, los contratos laborales no se extinguen automáticamente.

El nuevo titular del negocio pasa a ocupar la posición del anterior empresario.

Esto significa que debe respetar los derechos y obligaciones laborales existentes: antigüedad, salario, jornada, categoría, vacaciones pendientes y condiciones pactadas.

El Estatuto de los Trabajadores también establece que, salvo pacto posterior con la representación de los trabajadores, las relaciones laborales siguen rigiéndose por el convenio colectivo aplicable en el momento de la transmisión, hasta su expiración o hasta que entre en vigor otro convenio.

Por eso, si vas a comprar un negocio con empleados, no mires solo la facturación.

Revisa también los contratos, costes salariales, posibles deudas laborales, vacaciones pendientes y obligaciones con la Seguridad Social.

¿Qué pasa si mi jefe traspasa el negocio?

Si tu jefe traspasa el negocio y existe una verdadera sucesión de empresa, tu contrato continúa con el nuevo titular.

No pierdes tu antigüedad ni tus derechos por el simple cambio de empresario.

Tampoco deberían obligarte a firmar un contrato nuevo con peores condiciones.

Si te presentan un nuevo contrato, revísalo antes de firmar, porque puede afectar a tu antigüedad, salario o jornada.

Ahora bien, para que se aplique la sucesión de empresa debe transmitirse una entidad económica que mantenga su identidad.

Es decir, no basta con que una empresa quiera “pasar” trabajadores a otra sin que exista un verdadero traspaso del negocio o de una unidad productiva.

Y si tienes dudas, te aconsejamos pedir información por escrito y conserva toda la documentación: comunicación del cambio, nóminas, contrato, vida laboral y cualquier modificación que te propongan.

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