Blog
Actividades cuyo tipo de IVA pasa del 8% al 21%
Los errores fiscales más comunes de los autónomos y cómo evitarlos¿Por qué pierdo seguidores en Facebook?La modernización de Hacienda: Cómo afectaría a los autónomos la gestión del IVA en tiempo real¿Cómo vender más por Internet? Elige productos en tendenciaAdiós al grueso de ayudas a la contratación en 2019Supuestos en los que pagarás una cuota reducida de autónomosEstrategias de Marketing Online para emprendedores y pymesLa Administración ahoga a los autónomos¿Cuánto pagamos los autónomos españoles con respecto a los europeos?Los autónomos de Castilla y León se encuentran entre los que muestran una actitud más favorable hacia la conciliación entre vida laboral y familiarLecciones que hemos aprendido en 2020El ajetreado diciembre de los autónomosPaga menos en tu Declaración de la Renta 2022 si eres autónomoLa publicidad en Twitter: tipos de anunciosLa mitad de los autónomos de Murcia trabaja 10 horas o más al díaSoy autónomo. ¿Tengo ventajas respecto a mi vehículo?Luz verde al aplazamiento de la presentación de impuestos por la crisis del coronavirusConsejos prácticos para aplicar la subida del IVA de septiembre 2012Pymes, Autónomos y Reputación Online (I)Una de las claves en tu productividad es ... tu energíaRenting o leasing para autónomos, ¿cuál es el más interesante?6 consejos para actualizar tu blogContratos públicos al alcance de los autónomosCalendario de la Renta 2018Autónomos TRADE: ¿más cerca de cobrar el paro?Ventajas de un plan de pensiones de empleo para autónomos y cómo contratarlo

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Actividades cuyo tipo de IVA pasa del 8% al 21%

profile picture for Patricia Díez

Actualizado el 26 de febrero de 2025

2 minutos de lectura

Por Patricia

A partir del 1 de septiembre todo subirá en nuestro país,  pero hay productos y servicios en los que notaremos más esa subida: los que tenían un tipo de IVA reducido del 8% y en lugar de pasar al tipo reducido del 10% cambian directamente al tipo de IVA general del 21%. Es decir, tendrán una subida de 13 puntos porcentuales, nada más y nada menos.

Finalmente serán muy pocos los productos que se mantendrán en el tipo de IVA reducido del 10%, prácticamente solo el transporte,  la hostelería y la alimentación.

Sectores afectados:

  • Espectáculos: la subida puede tener gran repercusión, ya que afecta a entradas de cine, teatros, circos, conciertos, parques de atracciones, eventos deportivos, etc. El mundo de la cultura opina que la subida de precios hará que la demanda caiga y aumente la piratería.
  • Salas de fiestas, discotecas y restaurantes con espectáculo: Los profesionales reivindican el sector como parte de la industria turística, fundamental en algunos destinos. El sector ya estaba notando la crisis porque la gente sale menos y consume menos, a esto habrá que sumar la subida del IVA.
  • Peluquerías: El cambio del 8% al 21% solo afectará a cadenas de peluquería y no a pequeños establecimientos, según indicó el propio Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. Según advierten la Federación Española de Imagen Personal, la Asociación Nacional de Empresas de Imagen Personal y la Confederación Española de Peluquerías y Esteticistas, este cambio del 8% al 21% provocará la pérdida de más de 10.000 puestos de trabajo y el cierre de 3.000 pequeñas empresas durante el primer año.
  • Gimnasios e instalaciones deportivas: Las asociaciones advierten de que no podrán asumir la subida y tendrán que repercutirla a los clientes.
  • Servicios funerarios: Si bien es un sector con una demanda estable, ya en los últimos tiempos venía notando un descenso en la contratación de servicios. Es más que probable que este aumento de tipo impositivo haga más pronunciada esa tendencia. Además, se da la circunstancia de que muchos de los servicios son abonados por aseguradoras, por lo que previsiblemente afectará de forma directa en las primas.
  • Ferias y exposiciones de carácter comercial.
  • Importación de arte.
  • Asistencia sanitaria, la asistencia dental y curas termales. (Los aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas del hombre o de los animales, incluidas las limitativas de su movilidad y comunicación mantienen en tipo reducido pasando del 8% al 10%).

Vivimos un momento de demanda a la baja, y una subida del tipo impositivo puede ser la puntilla a algunos sectores. Aunque en otros sectores se puede dudar entre asumir o no la subida para evitar que repercuta en las ventas, parece bastante poco probable que en estos productos y servicios los vendedores sean capaces de asumir 13 puntos porcentuales de subida, teniendo además en cuenta que muchos profesionales autónomos también perderán poder adquisitivo por las retenciones del IRPF que se aplicarán a partir del 1 de septiembre. ¿Ya sabes cómo debes facturar a partir del 1 de septiembre?

¿Pertences a alguno de estos sectores?, ¿en qué medida te afectará la subida de tipos?

Image: FreeDigitalPhotos.net

Patricia

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….