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Actividades cuyo tipo de IVA pasa del 8% al 21%
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Actividades cuyo tipo de IVA pasa del 8% al 21%

Actualizado el 26 de febrero de 2025

2 minutos de lectura

Por Patricia

A partir del 1 de septiembre todo subirá en nuestro país,  pero hay productos y servicios en los que notaremos más esa subida: los que tenían un tipo de IVA reducido del 8% y en lugar de pasar al tipo reducido del 10% cambian directamente al tipo de IVA general del 21%. Es decir, tendrán una subida de 13 puntos porcentuales, nada más y nada menos.

Finalmente serán muy pocos los productos que se mantendrán en el tipo de IVA reducido del 10%, prácticamente solo el transporte,  la hostelería y la alimentación.

Sectores afectados:

  • Espectáculos: la subida puede tener gran repercusión, ya que afecta a entradas de cine, teatros, circos, conciertos, parques de atracciones, eventos deportivos, etc. El mundo de la cultura opina que la subida de precios hará que la demanda caiga y aumente la piratería.
  • Salas de fiestas, discotecas y restaurantes con espectáculo: Los profesionales reivindican el sector como parte de la industria turística, fundamental en algunos destinos. El sector ya estaba notando la crisis porque la gente sale menos y consume menos, a esto habrá que sumar la subida del IVA.
  • Peluquerías: El cambio del 8% al 21% solo afectará a cadenas de peluquería y no a pequeños establecimientos, según indicó el propio Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. Según advierten la Federación Española de Imagen Personal, la Asociación Nacional de Empresas de Imagen Personal y la Confederación Española de Peluquerías y Esteticistas, este cambio del 8% al 21% provocará la pérdida de más de 10.000 puestos de trabajo y el cierre de 3.000 pequeñas empresas durante el primer año.
  • Gimnasios e instalaciones deportivas: Las asociaciones advierten de que no podrán asumir la subida y tendrán que repercutirla a los clientes.
  • Servicios funerarios: Si bien es un sector con una demanda estable, ya en los últimos tiempos venía notando un descenso en la contratación de servicios. Es más que probable que este aumento de tipo impositivo haga más pronunciada esa tendencia. Además, se da la circunstancia de que muchos de los servicios son abonados por aseguradoras, por lo que previsiblemente afectará de forma directa en las primas.
  • Ferias y exposiciones de carácter comercial.
  • Importación de arte.
  • Asistencia sanitaria, la asistencia dental y curas termales. (Los aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas del hombre o de los animales, incluidas las limitativas de su movilidad y comunicación mantienen en tipo reducido pasando del 8% al 10%).

Vivimos un momento de demanda a la baja, y una subida del tipo impositivo puede ser la puntilla a algunos sectores. Aunque en otros sectores se puede dudar entre asumir o no la subida para evitar que repercuta en las ventas, parece bastante poco probable que en estos productos y servicios los vendedores sean capaces de asumir 13 puntos porcentuales de subida, teniendo además en cuenta que muchos profesionales autónomos también perderán poder adquisitivo por las retenciones del IRPF que se aplicarán a partir del 1 de septiembre. ¿Ya sabes cómo debes facturar a partir del 1 de septiembre?

¿Pertences a alguno de estos sectores?, ¿en qué medida te afectará la subida de tipos?

Image: FreeDigitalPhotos.net

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