Blog
Cómo aplazar el pago si tienes que regularizar tus cotizaciones del año pasado
Impuestos y trámites aduaneros para exportar e importarCómo planificar un cambio de marca¿Impartes cursos o conferencias? Conoce sus obligaciones fiscales y cómo facturarlos¿Plan de pensiones o aumento de la base de cotización? Cómo asegurarte tu jubilaciónLos tres peligros más urgentes que autónomos y empresas afrontarán en 2016Las mujeres compran más online¿Cómo afectarán a los autónomos los posibles pactos electorales?¿Mutua o autónomos?: abogados, arquitectos, procuradores¿Son los autónomos la próxima burbuja?El consejo del experto: Javier Santos Pascualena sobre la capitalización del desempleo en Onda CeroQué es el NIF-IVA y para qué lo necesitas como autónomoEl 82% de las pymes españolas necesita mejorar su eficiencia energéticaLas 7 mejores herramientas de email marketingTodo lo que tienes que saber sobre la casilla 13 del modelo 130 de IRPF¿Qué es y para qué sirve el certificado digital?Claves sobre la presentación de impuestos del segundo trimestre de 2020Claves prácticas para detectar tu pasión y darle una dirección profesionalApps para taxis: 7 ventajas para empresas y autónomos¿Cómo evitar el ‘no’ en las solicitudes de Pago Único?La importancia de una buena traducción para tu negocio y 3 razones para invertir en ellaVentajas e inconvenientes de una comunidad de bienes¿Cómo vender con una presentación?Llega el “cheque guardería” de 1.000 eurosMás vale prevenir que no cobrar: 6 consejos contra la morosidadForo Online de Marketing Digital para pymes y autónomosÉstas Navidades #compraenpequeñocomercio

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Cómo aplazar el pago si tienes que regularizar tus cotizaciones del año pasado

Aplazar pago regularizar cuotas

Actualizado el 28 de junio de 2024

1 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Tras el cierre de la campaña de la Renta 2023, la Seguridad Social se va a encargar de regularizar las cuotas del año pasado de los autónomos conforme al nuevo sistema de cotización por ingresos reales.

Así, Hacienda empezará a enviar a la Seguridad Social los resultados obtenidos de los autónomos del ejercicio pasado, y aquellos que hayan cotizado de más irán recibiendo sus devoluciones, mientras que aquellos que cotizaron de menos tendrán que abonar la diferencia.

Si te encuentras en este último caso (autónomo que tiene que pagar por haber cotizado de menos), vamos a explicarte los plazos y situaciones que te puedes encontrar. 

Toma buena nota.

Aplazar o fraccionar el pago de la regularización de tus cuotas

Una vez la Seguridad Social haya procedido a analizar los datos y regularice la cotización del año pasado de cada autónomo, procederá a remitirles una notificación telemática indicando si tienen que abonar alguna cuantía (junto con un documento de ingreso o carta de pago), o si recibirán la devolución por exceso de cotización.

En caso de que el autónomo cotizara por una base inferior a sus rendimientos netos, tendrá que regularizar su situación pagando la cantidad correspondiente en un plazo de 30 días tras recibir dicha notificación.

Se espera que esta llegue durante la segunda mitad de 2024.

No obstante, desde la Administración darán algunas facilidades para realizar dicho abono.

Así, aquellos autónomos que cumplan con las condiciones, podrán acogerse al aplazamiento del pago.

De esta forma, de acuerdo al Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, se podrá disponer de un periodo de aplazamiento que podría llegar hasta los 5 años

Eso sí, habría que demostrar dificultades para el pago. Que incluso podrían ser revisadas por la Seguridad Social, pudiendo llegar a solicitar la documentación acreditativa de dicha falta de recursos.

No obstante, será la propia Administración la que determine finalmente el periodo de tiempo en el que se tiene que devolver la deuda y la cantidad a pagar en cada plazo.

Los intereses de demora

Si finalmente te conceden el aplazamiento, debes saber que tendrás que abonar los correspondientes intereses de demora en cada uno de los pagos realizados fuera del plazo inicial.

De esta forma, los intereses de demora a aplicar serán los correspondientes al año en curso en que se realice el pago del aplazamiento.

Tal y como indica en estos momentos el Banco de España, el porcentaje anual del tipo de interés de demora de 2024 es del 4,0625.

Infoautónomos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

La ventana a la actualidad
para emprendedores, autónomos y pymes

Únete a nuestros más de 300.000 suscriptores que ya están al día de todas las novedades y ofertas gracias a nuestra Newsletter