Blog
El emprendedor de Responsabilidad Limitada: dícese del que no responde con sus bienes las deudas empresariales
Más de 200.000 autónomos no podrán deducirse la totalidad de los gastos afectosAprobado el nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos realesSanciones por trabajar sin dar de alta en autónomosEvita estos errores en la presentación del modelo 303La pandemia empuja a muchos autónomos a donar sus negocios en vida¿Qué es el plus de convenio y cuándo se aplica?¿Estás obligado a contratar un Delegado de Protección de Datos?La obligación de conservar los albaranesEmprendedores de alto impacto: cuando una pequeña idea puede cambiar el mundoLa subida de la cuota de autónomos en el proyecto de Presupuestos 2022Cómo solicitar tu informe de bases de cotizaciónLa era del falso emprendedor y la tarifa plana"Made in Spain" o la marca "España" como reclamo para vender másCómo los informes de personas ayudan a asegurar beneficiosEl nuevo sistema que permitirá a los autónomos enviar sus facturas a Hacienda en tiempo real¿Triunfará el coche eléctrico?Cuáles son los plazos de pago de facturas en 2020Exención fiscal y deducción fiscal: ¿qué significa cada término?Pool bancario de tu empresa: qué es y cómo hacerloLos autónomos no tendrán que cotizar por contingencias profesionales hasta 2015¿Qué papel juega el autónomo en las últimas cifras del paro?3 fórmulas para reducir el rendimiento neto de actividades económicas en tu Renta 2019Cómo tributa la capitalización del paro en tu Renta 2018Plan de Objetivos: Sin él no hay productividad ni resultados¿Es posible darse de alta como autónomo por días?Cómo solicitar la incapacidad permanente para autónomos

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

El emprendedor de Responsabilidad Limitada: dícese del que no responde con sus bienes las deudas empresariales

Actualizado el 3 de junio de 2013

1 minutos de lectura

Por Estefanía

Una medida que lleva meses anunciándose y que, por fin, verá la luz tras la aprobación definitiva de la Ley del Emprendedor: la Figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) permitirá a los autónomos no responder con sus bienes personales de las deudas contraídas en su actividad empresarial, pero ¿qué condiciones lleva aparejadas?

Tal como anunció la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría,  "se establece una diferencia entre la actividad empresarial y la personal" ya que, hasta ahora, los autónomos debían responder de forma personal de las deudas derivadas de su actividad profesional.

A priori, esta medida puede resultar muy beneficiosa tanto para aquellos que aún se muestran reticentes a iniciar un nuevo negocio por los riesgos económicos que conlleva, como para los que van a hacer una inversión de alto riesgo.

No obstante, la nueva medida tiene una letra pequeña que es conveniente estudiar. En primer lugar, los autónomos y emprendedores sólo podrán acogerse a esta medida y no responder con la vivienda si la deuda contraída es inferior a 300.000 euros.

Además, "la limitación de responsabilidad no se aplicará respecto a las deudas de Derecho Público, ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros".

Tampoco podrán acogerse a esta limitación las deudas con origen en determinadas retenciones no ingresadas a trabajadores, profesionales u otros empresarios, ni las deudas en la Seguridad Social, tales como cuotas de trabajadores no ingresadas, altas erróneas y otras infracciones graves.

A esto se suma la obligación por parte del emprendedor o autónomo de inscribirse en el Registro Mercantil de su provincia, como si de una Sociedad Mercantil se tratase, y así hacerlo constar en toda la documentación mercantil, tales como contratos o facturas, además de regirse por el principio de publicidad.

Asimismo, y para evitar que su vivienda y/o vehículo personal se vean afectados por una deuda mayor de 300.000 euros, deberá señalar éstos bienes con un valor de, como máximo, 250.000 y 25.000 euros respectivamente.

En definitiva, se trata de una medida atractiva para aquellos que no deseen poner en riesgo su patrimonio personal, pero cuyas especificaciones pueden incurrir en una mayor complejidad burocrática, mayores costes y generar problemas con la responsabilidad patrimonial universal establecida en el artículo 1911 del Código Civil que recoge la garantía personal básica con la que cuentan los acreedores y que asegura el cumplimiento, voluntario o forzoso, de las obligaciones.

Imagen: FreeDigitalPhotos

Logo perfil Infoautónomos

Estefanía

Blasco Nieto

Estefania Blasco

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….

Llama gratis al

900 525 576