Blog
Incompatibilidad entre cobrar pensión de jubilación y seguir trabajando por cuenta propia
El Viacrucis del autónomo, o cómo ver la Semana Santa desde la perspectiva del emprendedor [Infografía]Bonificaciones por contratación de la nueva reforma laboralLa crisis del COVID-19 marca el primer trimestre fiscal de 2020Ayuda T integra a Infoautónomos, la comunidad emprendedora más grande de EspañaConsejos para reducir tu factura fiscal antes de que finalice el añoVentajas fiscales de un vehículo eléctricoA casi 800.000 autónomos les ha salido a pagar la regularización de cuotasPrograma Mapfre para contrataciones en PYMES y autónomosLas claves para aprovechar el Kit Digital si eres autónomoAyudas en comercio electrónico para pymes y autónomos de Red.esLo que debes tener en cuenta para volver a abrir tu negocio en la desescaladaEl cese de actividad sigue siendo el "talón de Aquiles" del autónomoJuan Mora, Director de Sage One: "En 2 años el 50% de las empresas trabajarán en la nube"Deducción de gastos de facturas atrasadasCómo cumplir con la LOPD usando Dropbox y otros servicios de almacenamiento de datos en "la nube"Llamar o enviar un mail a mis clientesLas empresas españolas, entre las que más impuestos pagan de EuropaLa importancia del bienestar laboral para autónomos y pymes: cómo integrarlo en tu negocioTrucos para mejorar la administración del dinero como autónomo¿Cómo utilizar el principio de escasez para vender más en tu negocio?Los autónomos cobrarán antes las deudas de la Administración si aceptan una quitaDe la Smart City a la Smart Office: cómo crear un entorno de trabajo inteligentePor qué una Gestión Administrativa Empresarial rigurosa garantiza el 50% del éxito de tu negocio¿Cómo vender más en mi actividad?Las prestaciones por maternidad están exentas de IRPFVentajas de usar un software de facturación online si eres autónomo

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

Incompatibilidad entre cobrar pensión de jubilación y seguir trabajando por cuenta propia

Infoautonomos Incompatibilidad Entre Cobrar Pension De Jubilacion Y Seguir Trabajando Por Cuenta Propia 300x300

Actualizado el 30 de enero de 2025

2 minutos de lectura

Por Fran

En general, cobrar una pensión de jubilación por parte de la Seguridad Social es incompatible con seguir trabajando. Y digo en general porque hasta ahora había una excepción a pesar de las leyes que se habían ido aprobando para hacer efectiva esta norma. La interpretación que se ha hecho de ellas generaba la posibilidad de que en profesiones con carácter liberal y al mismo tiempo con posibilidad de trabajar para administraciones (médicos, abogados y arquitectos fundamentalmente), pudieran seguir trabajando como colegiados tras su jubilación "oficial", y percibiendo la correspondiente pensión.

Lo explican muy bien en el blog de finanzas y banca:

"esta regla general tenía un resquicio de escape por dudas interpretativas a la que podían acogerse los profesionales liberales colegiados que hubiesen optado por una Mutualidad de Previsión Social como sistema alternativo al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. De hecho, muchos jubilados pensionistas compatibilizaban la percepción de su pensión pública con el ejercicio de su actividad profesional libre (p. ej. abogados, médicos, arquitectos, etc.), a fin de complementar su pensión con otros ingresos derivados de su actividad profesional."

Pero el pasado día 23 de mayo, el Ministerio de Trabajo e Inmigración aprobó la Orden TIN/1362/2011, sobre régimen de incompatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social con la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados. O sea que se mete específicamente a eliminar esta posibilidad. Y entra en vigor el 1 de julio.

De manera que a partir de ahora los profesionales que trabajan por cuenta ajena y tras su jubilación quieran seguir desarrollando su profesión por cuenta propia deberán aplazar el cobro de la pensión de la Seguridad Social. No tiene efectos retroactivos, de manera que quien se haya jubilado antes del 1 de junio y se haya puesto a ejercer (colegiado), no se verá afectado por esta norma. Pero sí influye en los planes de quienes están al borde de la jubilación...

Sólo quedan excluidos de esta orden los profesionales que opten por una Mutualidad como único sistema de previsión, es decir, de carácter privado, que sí podrán seguir ejerciendo libremente mientras perciben la prestación de jubilación de su Mutualidad, ya que se trata de un régimen privado.

Como todo cambio que afecta al bolsillo está generando cierta polémica, sobre todo en los colegios profesionales y mutualidades de previsión, que ya se han puesto en marcha para intentar lograr que se dé marcha atrás a esta orden.

Pero frente a estas opiniones y acciones de los afectados hay quien considera que es una medida que "acaba con los privilegios" de los profesionales colegiados. También, que persigue ahorrarle a la Seguridad Social el pago de pensiones. Incluso también se cree que dinamizará el mercado laboral facilitando la integración de jóvenes profesionales (al disminuir los mayores de 65 años en despachos...).

¿Y a ti qué te parece?

Fran

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….