Blog
La tarifa plana de 50 euros para autónomos no se aplica a los administradores de sociedades
El efecto sobre los autónomos de la crisis de inflaciónLa base de datos de marketing, una eficaz herramienta de ventas¿Qué propuestas para autónomos verán la luz tras el 26J?Momento de apostar por el capital humanoEl 54% de los autónomos se ha acogido a las medidas extraordinarias frente a la crisis del COVID-19Cuándo aumentar la base de cotización de un autónomoCómo pasar de autoempleo a empresa. Vete de vacaciones y sigue generando dineroLa economía sumergida amenaza con incrementarse ante las reformas fiscales¿Subirá la cuota de autónomos un 8% en 2017?¿Cómo incluir tus dietas de autónomo en las facturas?BBVA Open Talent premia a los proyectos emprendedoresVentajas y desventajas del Dropshipping para tu tienda online¿Cómo te puede ayudar la Inteligencia Artificial si eres autónomo o pyme?Sanidad dice ahora que no se suspenden las actividades no esenciales de los autónomosBurn rate: ¿qué es y para qué sirve?El eterno debate sobre el atractivo de ser emprendedorLa ampliación de las ayudas a los autónomos debido a la pandemia finaliza el 31 de eneroAumentar la base de cotización por embarazoLa problemática del autónomo español [Infografía]¿Qué datos proporciona el CIF de una empresa?El Efecto Zeigarnik o cuando solo piensas en las tareas pendientesNueva línea de avales para garantizar la liquidez de autónomos y empresasEmprender después de los 40: 3 razones por las que no despegasMás de 100.000 transportistas autónomos podrán permanecer en el sistema de módulosCNAE 2025: la actualización de la Clasificación Nacional de Actividades EconómicasLos autónomos que contraten no perderán la tarifa plana

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

La tarifa plana de 50 euros para autónomos no se aplica a los administradores de sociedades

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

Por Estefanía

Ha sido una de las medidas más demandadas por el colectivo de autónomos y que, finalmente, vio la luz la pasada primavera. Sin embargo, la tarifa plana de 50 euros para autónomos ha generado diversos focos de debate y el último de ellos se refiere, una vez más, a las restricciones en su aplicación, ya que desde el mes de junio no abarca a los administradores únicos de sociedades.

Pero primero, conviene aclarar algunas cuestiones que han generado las dudas de los usuarios de nuestra comunidad. La archiconocida "tarifa plana" de 50 euros para autónomos es, en realidad, una bonificación del 80 por ciento de la cuota aplicada sobre la base mínima de cotización.

Esta bonificación se aplica, de momento, sólo a nuevas altas de menores de 30 años, en virtud del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero y de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al Emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que desarrollan la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven. Pero, tal como anunció la ministra de Empleo, Fátima Báñez, a comienzos del verano, la restricción de edad para los nuevos autónomos será eliminada una vez aprobada la Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización, cuya publicación en el BOE está prevista para este mes de septiembre.

Una vez aclarada esta maraña legislativa, analicemos qué dice exactamente la última ley aprobada y por qué la tarifa plana no es de aplicación a los administradores de sociedades, una cuestión a la que queremos responder después de recibir la alerta por parte de varios usuarios que forman la comunidad de Infoautónomos.

Uno de nuestros usuarios nos informa de que, tras beneficiarse de la bonificación del 80% en la cuota a la Seguridad Social como nuevo autónomo dado de alta en el mes de abril, dejó de percibir la ayuda en el mes de junio. La explicación que recibió de las oficinas de la Seguridad Social se refería a "una norma interna implementada en el mes de junio que excluye a los administradores únicos de Sociedades", pero que en el momento de su aplicación real carecía de base jurídica alguna al no estar recogida de forma expresa en ningún texto jurídico, por lo que muchos afectados están estudiando emprender medidas legales.

Algo parecido les ocurrió a tres jóvenes emprendedores, cuyo caso ha sido expuesto por el diario El País, y que, en ésta ocasión, se beneficiaban de la bonificación del 30% en contingencias comunes, también en virtud del Decreto del mes de febrero. Su sorpresa llegó cuando una vez llegado el mes de junio, el administrador único tuvo que abonar los 270 euros del recibo de la Seguridad Social tras disfrutar de la reducción en la cuota los tres meses anteriores.

No obstante, y pese a que recogemos éste supuesto en nuestro artículo sobre las Bonificaciones en la cuota de autónomos, junto con los requisitos oficiales para percibir la ayuda, que se resumen en no haber estado dado de alta en el RETA en los últimos cinco años y no tener empleados a cargo, resaltamos que el factor excluyente de ser administrador de una sociedad no está recogido de forma expresa en los textos legales aprobados hasta el momento y que obedece a una circular interna de la Seguridad Social.

Y tú, ¿te encuentras en el mismo caso? Háznoslo saber en la sección de comentarios.

Imagen | FreeDigitalPhotos

Estefanía

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….